Contrato No. 1279/GLCSI/AMDC/2017 — Pavimentación de calle con concreto hidráulico, Colonia Peña por bajo, calle de acceso
Municipalidad del Distrito Central
- Decreto: 1279/GLCSI/AMDC/2017
- Publicación: 6 de noviembre de 2018
- Órgano emisor: Municipalidad del Distrito Central
- Gaceta: 34,787
Texto completo
CONTRATO No.1279/GLCSI/AMDC/2017.-CÓDIGO № 1807. “Pavimentación de calle con concreto hidráulico, col. Peña por bajo, calle de acceso”. LICITACION No LPrNO-267-AMDC-320-2017. Este contrato se celebra entre: NASRY JUAN ASFURA ZABLAH, mayor de edad, casado, empresario, hondureño y de este domicilio, con Tarjeta de Identidad número 0801-1958-03886, actuando en mi condición de Alcalde Municipal del Distrito Central, nombramiento que acredito con el Acta Especial de Juramentación número GDFM 001-2014 de fecha veinte de Enero de dos mil catorce (2014), quien para los efectos legales de este contrato se denominará “EL CONTRATANTE” por una parte y Enrique Alejandro Buck Ruiz, hondureño y de este domicilio, Tarjeta de Identidad número 0801- 1956-02814, en su condición de Representante Legal de la Empresa Constructora Buck, S. de R.L. de C.V., legalmente constituida en Testimonio de Escritura Pública № 25 de fecha 18 de Julio de 1984, inscrita bajo el Número 64, Tomo 165 del Registro de la Propiedad Mercantil de Francisco Morazán, quien en lo sucesivo y para efectos de este contrato se denominará “EL CONTRATISTA” por la otra parte; por cuanto El Contratante desea que El Contratista ejecute por su cuenta y riesgo el contrato “Pavimentación de calle con concreto hidráulico, Col. Peña por bajo, calle de acceso”.- Licitación No LPrNO-267-AMDC-320-2017; en adelante denominado “Las Obras” y El Contratante ha aceptado la oferta para la ejecución y terminación de dichas obras y la subsanación de cualquier defecto de las mismas; en consecuencia este contrato atestigua lo siguiente:
- 1)
En este contrato las palabras y expresiones utilizadas, tendrán el mismo significado que en las respectivas Condiciones Generales y Especiales del Contrato a las que se hace referencia en adelante y las mismas se considerarán parte de este contrato y se leerán e interpretarán como parte del mismo.
- 2)
Los siguientes documentos constituyen parte integral del presente contrato, corren adjunto a éste y serán leídos e interpretados en forma conjunta con el:
- a)
Las Condiciones Generales del Contrato. (Anexo “A”).
- b)
Las Condiciones Especiales del Contrato. (Anexo “B”).
- c)
Las Especificaciones Técnicas Generales y Especiales.
- d)
El Formulario de Oferta, la Lista de Actividades y Cantidades (Anexo “C”) y las Fichas de Precios Unitarios presentados por el Contratista en su Oferta.
- e)
La Notificación del Contratante al Contratista, de que se le ha adjudicado el Contrato; y
- f)
Los Planos del proyecto. g) Orden de Inicio. h) Garantías. i) Modificaciones al documento base si las hubiere. 3.- El Contratista por este medio se obliga a desarrollar la obra contratada con apego estricto a los documentos componentes del Contrato, de acuerdo con el programa de trabajo aprobado, en un plazo de noventa (90) días calendario. 4.- El Contratante por este medio se compromete a pagar al contratista como retribución por la ejecución y terminación de las Obras y la subsanación de los defectos el precio del contrato o aquellas sumas que resulten pagaderas bajo las disposiciones del contrato en
el plazo y en la forma establecidas en éste y de acuerdo al cumplimiento de requisitos para la ejecución del pago. 5.- El monto del contrato asciende a la cantidad de Un Millón Ochocientos Cuarenta Y Nueve Mil Quinientos Ochenta Lempiras con 45/100 (L. 1,849,580.45). En testimonio de lo cual, las partes firmamos el presente Contrato de conformidad con las leyes de la República de Honduras a los seis días de Septiembre de dos mil diecisiete. (Fy S) Nasry Juan Asfura Zablah, CONTRATANTE y (F y S) Enrique Alejandro Buck Ruiz, Constructora Buck, S. de R.L de C.V. RTN: 08019995318981, CONTRATISTA.”
- a)
Leyes relacionadas
- Código Civil de Honduras — Este Código Civil establece las reglas fundamentales que rigen en Honduras: define qué es la ley y cómo se aplica, regula la existencia y derechos de las personas (nacionales y extranjeras), determina domicilios, protege a menores de edad mediante tutelas, y organiza temas de familia, herencias y obligaciones civiles. Aplica a todos los habitantes de Honduras y a sus bienes, incluso extranjeros. (Decreto 76-1906, 1906)
- Resolución GA No. 1825/09-09-2013 mediante la cual se autoriza la renovación del nombramiento del Liquidador de instituciones del Sistema Financiero en proceso de liquidación — Esta resolución autoriza la renovación del contrato del Liquidador Eduardo Antonio Sánchez para continuar supervisando la liquidación de 11 instituciones financieras que están siendo cerradas. El liquidador trabajará a tiempo completo durante un año más, desde septiembre de 2013, para vender los activos y pagar a los acreedores de estos bancos y financieras en quiebra.
- Ley Especial contra el Lavado de Activos (Decreto No. 144-2014) — Esta ley combate el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo en Honduras. Establece reglas que los bancos, financieras y otras instituciones deben seguir para detectar, reportar y prevenir actividades sospechosas de dinero ilícito. Protege el sistema financiero nacional. (Decreto 144-2014, 2015)
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- Ley Especial contra el Lavado de Activos — Esta ley establece reglas para prevenir y detectar el lavado de dinero y financiamiento del terrorismo en Honduras. Obliga a bancos, aseguradoras, financieras y otras instituciones a reportar operaciones sospechosas, conocer la identidad de sus clientes y mantener registros detallados. (Decreto 144-2014, 2016)