Contrato No. 1432/GLCSI/AMDC/2017 — Pavimentación de calle con concreto hidráulico, Colonia Luis Andrés Zúniga, calles internas
Municipalidad del Distrito Central
- Decreto: 1432/GLCSI/AMDC/2017
- Publicación: 6 de noviembre de 2018
- Órgano emisor: Municipalidad del Distrito Central
- Gaceta: 34,787
Texto completo
CONTRATO No.1432/GLCSI/AMDC/2017.- CODIGO № 1804. “Pavimentación de calle con concreto hidráulico, Col. Luis Andrés Zúniga, calles internas” LICITACION No LPrNO-265-AMDC-318-2017. Este contrato se celebra entre: NASRY JUAN ASFURA ZABLAH, mayor de edad, casado, empresario, hondureño y de este domicilio, con Tarjeta de Identidad número 0801-1958-03886, actuando en mi condición de Alcalde Municipal del Distrito Central, nombramiento que acredito con el Acta Especial de Juramentación número GDFM 001-2014 de fecha veinte de Enero de dos mil catorce (2014), quien para los efectos legales de este contrato se denominará “EL CONTRATANTE” por una parte y Jesús Alex Vásquez Padilla, hondureño y
de éste domicilio, tarjeta de identidad número 0801-1985- 21551, quien en lo sucesivo y para efectos de este contrato se denominará “EL CONTRATISTA” por la otra parte; por cuanto El Contratante desea que El Contratista ejecute por su cuenta y riesgo el contrato “Pavimentación de calle con concreto hidráulico, Col. Luis Andrés Zúniga, calles internas”.- Licitación No LPrNO-265-AMDC-318-2017; en adelante denominado “Las Obras” y El Contratante ha aceptado la oferta para la ejecución y terminación de dichas obras y la subsanación de cualquier defecto de las mismas; en consecuencia este contrato atestigua lo siguiente:
- 1)
En este contrato las palabras y expresiones utilizadas, tendrán el mismo significado que en las respectivas Condiciones Generales y Especiales del Contrato a las que se hace referencia en adelante y las mismas se considerarán parte de este contrato y se leerán e interpretarán como parte del mismo.
- 2)
Los siguientes documentos constituyen parte integral del presente contrato, corren adjunto a éste y serán leídos e interpretados en forma conjunta con el:
- a)
Las Condiciones Generales del Contrato (Anexo “A”).
- b)
Las Condiciones Especiales del Contrato (Anexo “B”).
- c)
Las Especificaciones Técnicas Generales y Especiales.
- d)
El Formulario de Oferta, la Lista de Actividades y Cantidades (Anexo “C”) y las Fichas de Precios Unitarios presentados por el Contratista en su Oferta.
- e)
La Notificación del Contratante al Contratista, de que se le ha adjudicado el Contrato; y
- f)
Los Planos del proyecto. G) Orden de Inicio. H) Garantías. I) Modificaciones al documento base si las hubieren. 3.- El Contratista por este medio se obliga a desarrollar la obra contratada con apego estricto a los documentos componentes del Contrato, de acuerdo con el programa de trabajo aprobado, en un plazo de noventa (90) días calendario. 4.- El Contratante por este medio se compromete a pagar al contratista como retribución por la ejecución y terminación de las Obras y la subsanación de los defectos el precio del contrato o aquellas sumas que resulten pagaderas bajo las disposiciones del contrato en el plazo y en la forma establecidas en éste y de acuerdo al cumplimiento de requisitos para la ejecución del pago. 5.- El monto del contrato asciende a la cantidad de Un Millón Ochocientos Setenta Y Cuatro Mil Cuatrocientos Nueve Lempiras con 53/100 (L.1,874,409.53). En testimonio de lo cual, las partes firmamos el presente Contrato de conformidad con las leyes de la República de Honduras a los 13 días de Octubre de 2017. (F y S) Nasry Juan Asfura Zablah,Alcalde Municipal, CONTRATANTE y (F y S) Jesús Alex Vásquez Padilla, RTN: 08011985215518, CONTRATISTA.”
- a)
Leyes relacionadas
- Código Civil de Honduras — Este Código Civil establece las reglas fundamentales que rigen en Honduras: define qué es la ley y cómo se aplica, regula la existencia y derechos de las personas (nacionales y extranjeras), determina domicilios, protege a menores de edad mediante tutelas, y organiza temas de familia, herencias y obligaciones civiles. Aplica a todos los habitantes de Honduras y a sus bienes, incluso extranjeros. (Decreto 76-1906, 1906)
- Decreto Legislativo No. 48-2018 — Reforma del Artículo 3 del Decreto No.38-2018 sobre Amnistía de Multas Municipales — Esta ley permite que los municipios de Honduras cancelen multas, recargos e intereses de impuestos y tasas municipales atrasadas hasta el 31 de diciembre de 2017. Aplica a cualquier persona o empresa, independientemente de tener planes de pago, y estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2018 para facilitar el pago y mejorar las finanzas municipales. (Decreto 48-2018, 2018)
- Decreto No. 66-2022 mediante el cual se derogan artículos contenidos en Decretos Legislativos relativos a la creación de contratos de fideicomisos — Este decreto elimina las leyes que permitían crear fideicomisos con fondos públicos. También exige que los administradores de fideicomisos existentes contraten auditores independientes categorizados por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros para revisar cómo se usan esos fondos públicos. (Decreto 66-2022, 2023)
- Acuerdo No. 027-2018 mediante el cual se aprueba el Reglamento Administrativo de Caja Chica del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF) — Este acuerdo crea un reglamento que establece las normas para usar dinero en efectivo de "caja chica" en el Instituto Nacional Forestal (ICF). Define quién puede usar estos fondos, cuánto dinero se puede gastar por vez (máximo L.1,500 en central y L.1,000 en regiones), qué documentos se necesitan y cómo se debe reponer el dinero gastado. Busca agilizar compras pequeñas y urgentes sin trámites complicados, pero con control y responsabilidad. (Decreto 027-2018, 2018)
- Ley del Sistema Financiero (Reformado por el CPC)2010 — Esta ley regula cómo funcionan los bancos, asociaciones de ahorro y otras instituciones financieras en Honduras. Establece quién puede crear estas instituciones, cuánto capital deben tener, quiénes pueden dirigirlas, qué operaciones pueden realizar y cómo la Comisión Nacional de Bancos las supervisa para proteger los depósitos y ahorros de las personas. (Decreto 129-2004, 2010)