Resolución No. CI IHSS-UNYS No.309/08-05-2018 — Modificación del Reglamento Especial para Aplicación de Amnistía y Depuración Contable del IHSS
Instituto Hondureño de Seguridad Social
- Decreto: CI IHSS-UNYS No.309/08-05-2018
- Publicación: 1 de junio de 2018
- Órgano emisor: Instituto Hondureño de Seguridad Social
- Gaceta: 34,655
Articulos
COLABORACIÓN. El Equipo Técnico de Apoyo podrá solicitar directamente la colaboración de actividades a cualquier departamento relacionado, exigiendo eficacia, eficiencia y tiempos de respuesta definidos, en busca de resolver las solicitudes con la mejor efectividad posible.
SUPERVISIÓN Y RESPONSA- BILIDAD. El Comité de Recaudaciones y Recuperaciones del IHSS es responsable de la supervisión y cumplimiento del presente Reglamento con la delegación de responsabilidad que se establezca a los miembros del Equipo Técnico de Apoyo con sede en Tegucigalpa y San Pedro Sula.
CERTIFICACIÓN DE VALORES. La Subgerencia de Recaudación y Recuperación, en caso de amnistía es el único responsable certificación de los valores adeudados, incluyendo los valores totales de cotizaciones, multas, recargos e intereses y el establecimiento de las condiciones del Convenio de pago; lo anterior con el apoyo indelegable de la Gerencia de Tecnología,Información y Comunicaciones.
RECEPCIÓN SOLICITUDES. Los responsables para la recepción de solicitudes de patronos que se acojan al Decreto Legislativo No.112-2016 a nivel regional serán los gerentes o jefes regionales; para Tegucigalpa el personal designado de las Subgerencias de Recaudación y Recuperación y de Afiliación; y para San Pedro Sula en la Oficina de Recaudación y Recuperación de la Regional del Norte.
FUNCIONES. El Equipo Técnico de Apoyo, es el encargado de validar y procesar la documentación presentada por los patronos morosos, de acuerdo a lo establecido en la definición de beneficiarios, para poder aplicarle el Decreto Legislativo No. 112-2016 y el presente reglamento. En aquellos casos donde se hayan cumplido a cabalidad con los requisitos del reglamento y donde no existan inconsistencias en los valores registrados en el sistema de cuentas por cobrar, se procederá de inmediato a la aceptación del pago de contado o a la suscripción del convenio o; caso contrario se remitirá al Comité de Recaudaciones y Recuperaciones, para la revisión, aprobación o denegación, según corresponda. El Comité de Recaudaciones y Recuperaciones con la asistencia del Equipo Técnico de Apoyo tiene la facultad de solicitar información a cualquier área o departamento del IHSS que considere pertinente, a fin de investigar, supervisar, tomar decisiones, que permitan denegar o aprobar la solicitud de amnistía o el procedimiento de depuración realizado de oficio, según sea el caso. El Comité de Recaudaciones y Recuperaciones y el Equipo Técnico de Apoyo, Subgerencia de Afiliación, Subgerencia de Recaudación y Recuperación deben trabajar en conjunto con la Subgerencia de Registros Contables, con la finalidad de identificar fehacientemente a las personas naturales o jurídicas que estén liquidadas, extinguidas, fallecidas para el descargo del sistema; cuyos casos puedan implicar depuración, conciliación y saneamiento de la cartera de cuentas por cobrar, de aquellas consideradas incobrables, así como para cumplir con la razonabilidad de las cifras que muestren los estados financieros para construir oportunamente la reserva necesaria, construyendo asimismo la adecuada toma de decisiones al U D I-D EG T-U N AH disponer con información completa, confiable y oportuna. La Subgerencia de Afiliación, será la encargada de la verificación y actualización de los RTN de todas las personas naturales y jurídicas que cotizan al Instituto, a efecto de completar el registro del 100% de la Cartera del IHSS; con la finalidad de cumplir los objetivos de depuración,actualización y creación de un número único de identificación patronal. Para las acciones instruidas a la Subgerencia de Registros Contables, Subgerencia de Afiliación y Control Patronal, Subgerencia de Recaudación y Recuperación contarán con el acompañamiento indelegable de la Gerencia de Tecnología, Información y Comunicaciones.
REUNIONES. El Comité de Recaudaciones y Recuperaciones y el Equipo Técnico de Apoyo, adoptarán sus decisiones por unanimidad de votos en reuniones de trabajo de manera colegiada con todos sus integrantes, quienes levantarán actas donde se consignen las decisiones adoptadas. Por tratarse de un órgano colegiado de aprobación, los Comités deberán de sostener reuniones con la totalidad de sus miembros, como mínimo una vez por semana para verificar el seguimiento de los casos. CAPÍTULO IV DE LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y SU CUSTODIA Artículo 11. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Los beneficiarios del Decreto Legislativo No. 112-2016 presentarán su solicitud cumpliendo los requisitos establecidos en el presente Reglamento, en el edificio administrativo de la ciudad de Tegucigalpa; en la Dirección Regional en la ciudad de San Pedro Sula y en el resto del país a las diferentes oficinas regionales del IHSS.
CUSTODIA DE LOS EXPEDIENTES. La Subgerencia de Recaudación y Recuperación ejercerá como Secretaria del Comité de Recaudaciones y Recuperaciones y será la encargada del resguardo de toda la documentación de las solicitudes de amnistía que se presenten. CAPÍTULO V REQUISITOS APLICABLES PARA LA SOLICITUD DE AMNISTÍA Y CONVENIOS DE PAGO.
REQUISITOS PARA LA AMNISTÍA.Las personas jurídicas que pretendan acogerse al beneficio del Decreto Legislativo No.112-2016, para hacer uso de su derecho, deberán abocarse en las oficinas señaladas en el artículo 11 del presente reglamento, para gestionar y formalizar su solicitud presentando los siguientes documentos: 1. Formato interno SOLICITUD DE AMNISTÍA (FSA–01) DECRETO No.112-2016, completa- mente lleno, el cual se encuentra disponible en la página web del Instituto y en las oficinas receptoras. 2. Copia de escritura de constitución vigente. 3. Copia de la Tarjeta de Identidad y RTN del representante legal en caso de empresa privada; para las empresas del Sector Público del Gerente o Director o Ministro, o Alcalde. 4. Copia de Identidad de personas que presenta solic