Acuerdo No. 01-2018 — Acuerdo de Creación de los Juzgados de Letras Seccionales de Villanueva, Cortés y Quimistán, Santa Bárbara
Corte Suprema de Justicia
- Decreto: 01-2018
- Publicación: 19 de febrero de 2018
- Órgano emisor: Corte Suprema de Justicia
- Gaceta: 34,572
Considerandos
Que el Decreto 262-2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 26 de febrero del 2001, que reformó la Constitución de la República, estableciendo en su artículo 313 como atribuciones de la Corte Suprema de Justicia, entre otras funciones: “… 11) Fijar la división del territorio para efectos jurisdiccionales; 12) Crear, suprimir, fusionar o trasladar los Juzgados, Cortes de Apelaciones y demás dependencias…;” en virtud de lo cual la Corte Suprema de Justicia, pretende crear el Juzgado de Letras Seccional de Villanueva, departamento de Cortés y el Juzgado de Letras Seccional de Quimistán, departamento de Santa Bárbara, considerando el alto porcentaje de crecimiento poblacional y movimiento procesal, que resulta similar en los municipios circunvecinos los cuales conformarían su jurisdicción; lo que además asegurará la eficacia en la tutela judicial de los intereses de la población que actualmente atiende los Juzgados de Letras Especializados de la Sección Judicial de San Pedro Sula, departamento de Cortés y el Juzgado de Letras unificado de Santa Bárbara, departamento de Santa Bárbara.
Que es uno de los propósitos que define “la gestión judicial” como objetivo del Plan Estratégico del Poder Judicial “Propiciar una gestión judicial con excelencia, calidad y transparencia, con énfasis en la disminución del rezago judicial”, a través de acciones específicas entre las que destacan: Consolidación e implementación del Modelo de Gestión Judicial, acceso a la Justicia, implementación de programas para minimizar el rezago judicial, apoyo a iniciativas específicas de gestión judicial.
Que el Poder Judicial de Honduras mediante el seguimiento coordinado y planificado de las estrategias y acciones establecidas en el plan de modernización de este Poder del Estado, ha iniciado un proceso de incorporación de nuevos modelos de gestión en los Despachos Judiciales que se ha implementado con la fusión de los Juzgados de Letras Penales de las ciudades de Tegucigalpa y San Pedro Sula y la de los Juzgados de Letras y de Paz en materia Civil del departamento de Francisco Morazán, así como otras fusiones en las distintas materias, contemplando también la reorganización y creación de nuevos órganos jurisdiccionales para propiciar una gestión judicial con excelencia, calidad y transparencia.
Que la estructura y funcionamiento de los Juzgados de Letras Especializados de la Sección Judicial de San Pedro Sula, departamento de Cortés, con competencias en las materias Civil, Penal, Inquilinato, Familia, Laboral, Violencia Doméstica, Niñez y Adolescencia y Contencioso- Administrativo, requiere de una reestructuración en el sistema de gestión de su despacho, lo anterior en virtud de que su carga de trabajo se ha visto incrementada en volumen por el seguimiento de nuevos ordenamientos legales que por razón de la afinidad a las diferentes materias que conocen estos Juzgados de Letras, se le ha delegado el conocimiento de las U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 mismas, quedando en evidencia que cuentan con un ámbito de competencia demasiado amplio que no permite que los procesos judiciales se desarrollen con la celeridad necesaria y obtengan una respuesta dentro de un plazo razonable. Es necesario, de acuerdo con las Políticas Institucionales del Poder Judicial, después de haberse realizado los correspondientes estudios de factibilidad, la creación del Juzgado de Letras Seccional de Villanueva, departamento de Cortés, cuya jurisdicción se propone establecer para los municipios de Villanueva, San Manuel, Pimienta, Potrerillos, San Francisco de Yojoa, Santa Cruz de Yojoa y San Antonio de Cortés; en función de procurar una mayor agilidad a la sustanciación de los procesos, reorganizando los despachos judiciales, brindándoles a los operadores de justicia las mejores herramientas para la administración de justicia y sobre todo garantizar a la ciudadanía el acceso a la justicia, a través de la creación de nuevos espacios que ofrezcan a la población la atención de forma completa y expedita de los procesos judiciales que se conocen en los Juzgados de Letras Seccionales.
Que igualmente se ha realizado un estudio sobre la factibilidad y ha quedado definida la urgente necesidad de creación del Juzgado de Letras Seccional de Quimistán, Departamento de Santa Bárbara, cuya jurisdicción se propone establecer para los municipios de Azacualpa, Quimistán, San Marcos, Nueva Frontera, Protección, Naranjito y Macuelizo, dado que especialmente en este departamento y para los municipios aludidos, representará una mejora en el derecho fundamental de acceso a la justicia, que se verá reflejado en la cercanía de un Órgano Jurisdiccional que tutele judicial y efectivamente los conflictos subjetivos de intereses que se planteen en ese espacio geográfico; además de privilegiar el principio de economía procesal tanto para este Poder del Estado, como para las partes vinculadas a los procesos, asegurando a éstas una respuesta pronta dentro de los plazos razonables establecidos en cada una de las leyes procesales.
Que corresponde al Poder Judicial en materia de administración de justicia, juzgar y ejecutar lo juzgado, lo que conlleva a crear instancias y mecanismos de gestión que permitan dar una mejor respuesta y facilitar el acceso a la justicia de los hondureños, a través de Juzgados que brindan su servicio de forma expedita, esfuerzos que se verán traducidos en una verdadera economía de escala del talento humano y materiales del Poder Judicial, así como la distribución equitativa de casos entre cada uno de los Jueces de los Juzgados de Letras, que les permita dar una respuesta pronta y oportuna dentro de los plazos razonables, señalados en la ley.
Articulos
Crear y organizar un (1) Juzgado de Letras Seccional que estará ubicado en el municipio de Villanueva del departamento de Cortés, el cual se denominará “Juzgado de Letras Seccional de Villanueva, Cortés”, que tendrá jurisdicción en materia Penal, Civil, Familia, Niñez y Adolescencia, Inquilinato, Violencia Doméstica y Laboral, en los municipios de Villanueva, San Manuel, Pimienta, Potrerillos, San Francisco de Yojoa, Santa Cruz de Yojoa y San Antonio de Cortés.
Fijar la Jurisdicción de los Juzgados de Letras Especializados en asuntos de materia Penal, Civil, Familia, Inquilinato, Violencia Doméstica y Laboral de los Juzgados de Letras de la Sección Judicial de San Pedro Sula, para los municipios de San Pedro Sula y La Lima del departamento de Cortés. En cuanto a la Jurisdicción en asuntos de Niñez y Adolescencia, el Juzgado de Letras de Niñez y Adolescencia de la Sección Judicial de San Pedro Sula, departamento de Cortés, conocerá de los asuntos de su especialidad de los municipios de San Pedro Sula y La Lima, Cortés.
Crear y organizar un (1) Juzgado de Letras Seccional que estará ubicado en el municipio de Quimistán del departamento de Santa Bárbara, el cual se denominará “Juzgado de Letras Seccional de Quimistán, Santa Bárbara”, que tendrá jurisdicción en materia Penal, Civil, Familia, Niñez y Adolescencia, Inquilinato, Violencia Doméstica y Laboral, en los municipios de Azacualpa, Quimistán, San Marcos, Nueva Frontera, Protección, Naranjito y Macuelizo del departamento de Santa Bárbara.
Fijar la Jurisdicción para el Juzgado de Letras Seccional de Santa Bárbara, en todos los municipios del departamento de Santa Bárbara a excepción de los municipios de Azacualpa, Quimistán, San Marcos, Nueva Frontera, Protección, Naranjito y Macuelizo del departamento de Santa Bárbara.
Indicar a los Juzgados de Letras Especializados de la Sección Judicial de San Pedro Sula, departamento de Cortés y al Juzgado de Letras Seccional de Santa Bárbara, que deberán concluir con toda la carga procesal que a la fecha de la publicación del presente acuerdo corresponda a la jurisdicción U D I-D EG T-U N AH y competencia de los nuevos Juzgados Seccionales creados e identificados como Juzgado de Letras Seccional de Villanueva, Cortés y Juzgado de Letras Seccional de Quimistán, Santa Bárbara, debiendo abstenerse en consecuencia de remitir expedientes a dichos Órganos Jurisdiccionales.
Crear las plazas necesarias para la estructuración y el funcionamiento de los Juzgados de Letras Seccionales de Villanueva, departamento de Cortés y de Quimistán, departamento de Santa Bárbara.
Ordenar a la Dirección de Administración de Personal, a la Dirección Administrativa y a la Dirección de Planificación, Presupuesto y Financiamiento, realizar los ajustes necesarios para la dotación de espacios adecuados, mobiliario, equipo, suministros y el personal requerido para el funcionamiento de los despachos judiciales creados mediante el presente Acuerdo.
Comunicar el presente acuerdo a las siguientes dependencias del Poder Judicial para los efectos legales correspondientes: Juzgados de Paz. Juzgados de Letras. Tribunales de Sentencia. C. Juzgados de Ejecución. D. Cortes de Apelaciones. E. Inspectoría General de Juzgados y Tribunales. F. Centro El G. ectrónico de Documentación e Información Judicial (CEDIJ). Dirección de la Escuela Judicial. H. Dirección de la Defensa Pública. I. Direcciones y Departamentos Administrativos. J.
El presente acuerdo es en acatamiento a lo dispuesto en el punto Número siete (7) sobre el Juzgado de Letras Seccional de Quimistán, departamento de Santa Bárbara y ocho (8) respecto del Juzgado de Letras Seccional de Villanueva, departamento de Cortés, del Acta Número tres (3), de la Sesión celebrada por el Honorable Pleno de la Corte Suprema de Justicia el día 16 de enero del año 2018 y surtirá sus efectos a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE. ROLANDO EDGARDO ARGUETA PEREZ MAGISTRADO PRESIDENTE LUCILA CRUZ MENENDEZ SECRETARIA GENERAL Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN