Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
26 de noviembre de 2019Vigente

Acuerdo Ministerial No. 0890-2019 — Delegación de funciones de la Dirección General de Recursos Hídricos en Ingeniero Julio César Guerrero Fonseca

Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente

  • Decreto: 0890-2019
  • Publicación: 26 de noviembre de 2019
  • Órgano emisor: Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente
  • Gaceta: 35,108

Considerandos

Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias, dictados por el órgano competente.

Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.

Que de conformidad con el Artículo 4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, los superiores jerárquicos de la Administración Pública, dentro del ámbito de su competencia y de los niveles que corresponda, ejercerán control permanente del funcionamiento de sus respectivas dependencias y del personal de éstas, así como lo referente a la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los fines y objetivos establecidos, como la legalidad y oportunidad de las actuaciones administrativas.

Que para cumplir con los objetivos de dicha eficacia, agilidad y simplificación, es necesario delegar las funciones de la Dirección de Cambio Climático en un funcionario con perfil para ello.

Que mediante Memorando SGRH- 01066-2019 emitido por la Subgerencia de Recursos Humanos, solicitó a Secretaría General Acuerdo de Delegación a favor del Licenciado LUIS ROBERTO APARICIO GODOY, quien estará a cargo de la Dirección de Cambio Climático, a partir del 01 de noviembre al 31 de diciembre del 2019.

Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias, dictados por el órgano competente.

Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior.

Que de conformidad con el Artículo 4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, los superiores jerárquicos de la Administración Pública, dentro del ámbito de su competencia y de los niveles que corresponda, ejercerán control permanente del funcionamiento de sus respectivas dependencias y del personal de éstas, así como lo referente a la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los fines y objetivos establecidos, como la legalidad y oportunidad de las actuaciones administrativas.

Que para cumplir con los objetivos de dicha eficacia, agilidad y simplificación, es necesario delegar las funciones de la Dirección General de Recursos Hídricos en un funcionario con perfil para ello.

Que mediante Memorando DGRH- 714-2019 la Titular de la Dirección General de Recursos Hídricos, solicitó la delegación de funciones, en virtud a su ausencia por la participación en la gira taller “Socialización del Reglamento de la Ley General de Aguas”.

Articulos

Articulo 1.-

Delegar en el Licenciado LUIS ROBERTO APARICIO GODOY, las funciones que correspondan al Director de la Dirección de Cambio Climático, durante el período comprendido del uno (1) de noviembre al treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil diecinueve (2019).

Articulo 2.-

El ciudadano LUIS ROBERTO APARICIO GODOY, será responsable del ejercicio de la función delegada.

Articulo 3.-

Hacer la transcripción correspondiente y comunicar formalmente al Licenciado Aparicio Godoy, el contenido y alcances del presente Acuerdo.

Articulo 4.-

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los un (01) día del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PÚBLÍQUESE. ELVIS YOVANNI RODAS FLORES Secretario de Estado, por Ley NARCISO E. MANZANARES R. Secretario General U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente ACUERDO No. 0890-2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE, EN USO DE LAS FACULTADES DE QUE ESTÁ INVESTIDO, CONSIDERANDO: Que nuestro marco legal vigente expresamente determina que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias, dictados por el órgano competente. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 4 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, los superiores jerárquicos de la Administración Pública, dentro del ámbito de su competencia y de los niveles que corresponda, ejercerán control permanente del funcionamiento de sus respectivas dependencias y del personal de éstas, así como lo referente a la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los fines y objetivos establecidos, como la legalidad y oportunidad de las actuaciones administrativas. CONSIDERANDO: Que para cumplir con los objetivos de dicha eficacia, agilidad y simplificación, es necesario delegar las funciones de la Dirección General de Recursos Hídricos en un funcionario con perfil para ello. CONSIDERANDO: Que mediante Memorando DGRH- 714-2019 la Titular de la Dirección General de Recursos Hídricos, solicitó la delegación de funciones, en virtud a su ausencia por la participación en la gira taller “Socialización del Reglamento de la Ley General de Aguas”. POR TANTO: En uso de sus atribuciones y en aplicación de los Artículos 36, numerales 8), 19), 116) y 118, numeral 1) de la Ley General de la Administración Pública; 3, 4, 5, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 30 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 4 del Decreto Ejecutivo No.PCM-008-97 de fecha 15 de junio de 1997, que contiene el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. ACUERDA: