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8 de marzo de 2019Vigente

Resolución No. 93-2/2019 — Modificación de tarifas por servicios de custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta

Directorio del Banco Central de Honduras

  • Decreto: 93-2/2019
  • Publicación: 8 de marzo de 2019
  • Órgano emisor: Directorio del Banco Central de Honduras
  • Gaceta: 34,890

Considerandos

Que de conformidad con la Constitución de la República y la Ley del Banco Central de Honduras (BCH) corresponde a éste formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.

Que mediante la Resolución No.424- 12/2004 del 30 de diciembre de 2004, el Directorio de esta Institución aprobó el Reglamento para la Custodia y el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta, el cual contempla que dicho órgano colegiado aprobará las tarifas que se aplicarán sobre el servicio de custodia y registro de valores.

Que el Artículo 51 del Reglamento de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH), contenido en el Acuerdo No.11/2013 del 17 de octubre de 2013, autoriza al BCH, por medio de su Directorio, a establecer el monto de los cargos y tarifas por los servicios que preste la DV-BCH, que servirán para cubrir al menos los costos asociados a su operación y mantenimiento.

Que el Acuerdo No.02/2017, contentivo del Reglamento del Sistema de Inversiones Obligatorias, emitido el 28 de septiembre de 2017, en los artículos 8, inciso f) y 42 faculta al BCH, por medio de su Directorio, a establecer el monto de cargos de servicios por la utilización del sistema.

Que mediante la Resolución No.26- 1/2019 del 17 de enero de 2019, se establecieron las tarifas aplicadas a los servicios de administración, custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta, las cuales deben ser revisadas al menos anualmente, tomando como referencia las variaciones de los costos operativos y administrativos del sistema de Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta del Banco Central de Honduras.

Que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en sesión extraordinaria del 25 de febrero de 2019 y con base en la opinión OM-472/2019 del 25 de febrero de 2019, resolvió someter a la aprobación del Directorio la modificación a la tarifa cobrada por la administración y custodia de valores gubernamentales, actualmente de 1%; quedando sin cambio las demás tarifas aplicadas.

Texto completo

RESOLUCIÓN No.93-2/2019.- Sesión No.3770 del 28 de febrero de 2019.- EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución de la República y la Ley del Banco Central de Honduras (BCH) corresponde a éste formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país. CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución No.424- 12/2004 del 30 de diciembre de 2004, el Directorio de esta Institución aprobó el Reglamento para la Custodia y el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta, el cual contempla que dicho órgano colegiado aprobará las tarifas que se aplicarán sobre el servicio de custodia y registro de valores. CONSIDERANDO: Que el Artículo 51 del Reglamento de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH), contenido en el Acuerdo No.11/2013 del 17 de octubre de 2013, autoriza al BCH, por medio de su Directorio, a establecer el monto de los cargos y tarifas por los servicios que preste la DV-BCH, que servirán para cubrir al menos los costos asociados a su operación y mantenimiento. CONSIDERANDO: Que el Acuerdo No.02/2017, contentivo del Reglamento del Sistema de Inversiones Obligatorias, emitido el 28 de septiembre de 2017, en los artículos 8, inciso f) y 42 faculta al BCH, por medio de su Directorio, a establecer el monto de cargos de servicios por la utilización del sistema. CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución No.26- 1/2019 del 17 de enero de 2019, se establecieron las tarifas aplicadas a los servicios de administración, custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta, las cuales deben ser revisadas al menos anualmente, tomando como referencia las variaciones de los costos operativos y administrativos del sistema de Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta del Banco Central de Honduras. CONSIDERANDO: Que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en sesión extraordinaria del 25 de febrero de 2019 y con base en la opinión OM-472/2019 del 25 de febrero de 2019, resolvió someter a la aprobación del Directorio la modificación a la tarifa cobrada por la administración y custodia de valores gubernamentales, actualmente de 1%; quedando sin cambio las demás tarifas aplicadas. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342 de la Constitución de la República; 6 y 16, literal m) de la Ley del Banco Central de Honduras; 168 de la Ley de Mercado de Valores; 58 del Decreto No.180-2018 del 13 de diciembre del 2018 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 20 de diciembre del mismo año, reformado por el Decreto No.4-2019 del 14 de febrero del 2019 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 20 de febrero del mismo año; 26 del Reglamento para la Custodia y el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta; 51 del Acuerdo No.11/2013 del Reglamento de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV- BCH) y 8, inciso f) y 42 del Acuerdo No.02/2017 del 28 de septiembre de 2017, contentivo del Reglamento del Sistema de Inversiones Obligatorias, R ESUELV E:

  • 1)

    Realizar libre de gastos la primera inscripción por titular y suscriptor en el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta del Banco Central de Honduras, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 168 de la Ley de Mercado de Valores.

  • 2)

    Aprobar la nueva estructura de tarifas por los servicios de custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta en la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto llevará el Banco Central de Honduras (BCH), contempladas en el detalle siguiente:

    La fecha límite para cancelar la cuota semestral de mantenimiento del servicio de custodia para participantes directos o intermediarios será debitada automáticamente por el BCH el 31 de enero y 31 de julio de cada año. Si la fecha mencionada corresponde a un día inhábil el pago se realizará el día hábil siguiente.

  • 3)

    Revisar al menos anualmente las tarifas por los servicios anteriormente indicados, tomando como referencia las variaciones de los costos operativos y administrativos de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV- BCH) y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el BCH.

  • 4)

    Autorizar a la Gerencia la suscripción de las Adendas a los contratos vigentes de administración de valores suscritos entre el Banco Central de Honduras con la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE). La aplicación de la tarifa para el servicio de administración y custodia de valores gubernamentales a la que se hace referencia en el numeral dos (2) de la presente resolución será efectiva a partir de la fecha de suscripción de las adendas respectivas. De no suscribirse dichas adendas, el BCH continuará aplicando el 1% de comisión por dichos servicios.