Acuerdo No. IDECOAS-033-2018 — Acuerdo de Aprobación del Manual Operativo del Programa de Convivencia Ciudadana y Mejoramiento de Barrios
Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS)
- Decreto: IDECOAS-033-2018
- Publicación: 4 de enero de 2019
- Órgano emisor: Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS)
- Gaceta: 34,836
Considerandos
Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90, de fecha 22 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el viernes 2 de marzo de 1990, en la Gaceta No.26,075, se crea la ley del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), que entre otras, tiene la competencia de ejecutar préstamos blandos y ejecutar Programas.
Que mediante Decreto Legislativo No 12-2000 de fecha 7 de marzo de 2000, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta,” de viernes 5 de mayo de 2000, se crea la Ley Para Desarrollo Rural Sostenible, que establece en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural Sostenible (PRONADERS); así mismo que el Congreso Nacional de la República aprobó el Decreto 137-2011 reformando el Decreto No.12-2000 de fecha 7 de marzo de 2000 ordenando la fusión de las instituciones DINADERS-FONADERS, creando una sola institución denominado PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y URBANO SOSTENIBLE, conocido con las siglas PRONADERS.
Que mediante los Decretos Ejecutivos Números PCM-001-2014, NÚMERO PCM-013-2014, el PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en Consejo de Ministros crea el INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) ordenando la integración de los organismos de PRONADERS, SANAA Y FHIS.- Que según Acuerdo No.30-2014, de fecha 31 de enero del año 2014, el Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS) así mismo como Director del Programa Nacional Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y Director Ejecutivo del FONDO HONDUREÑO DE INVERSION SOCIAL (FHIS) al ciudadano MARIO RENE PINEDA VALLE.
Que mediante Decreto No. 114-2018, publicado en la Gaceta No. 34, 806 de fecha 28 de noviembre del 2018, el Congreso Nacional, en el artículo uno aprueba el Contrato de Préstamo No. 4518/BL-HO, suscrito el 19 de junio del 2018 entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID),en calidad de Prestamista y el Gobierno de la República de Honduras, en calidad de Prestar io del financiamiento, para la Ejecución del “Programa de Convivencia Ciudadana y Mejoramiento de Barrios”.
Que el programa Convivencia Ciudadana y Mejoramiento de Barrios, tiene como objeto contribuir a mejorar la convivencia ciudadana en Honduras a través de la mejora en la calidad de vida en barrios vulnerables y la reducción de la incidencia de delitos violentos. ACUERDO IDECOAS-33-2018 U D I-D EG T-U N AH
Que es función del Director Ejecutivo del FHIS, en este caso del Ministro-Director IDECOAS/ FHIS dirigir el Funcionamiento de la Institución.
Que la coordinación estará integrada bajo un consejo estratégico de programa, integrado por INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS/FHIS) y LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD, y otros que sean relevantes, el componente 1 de esta operación será ejecutado por IDECOAS-FHIS y el componente 2 y 3 por la Secretaría de Seguridad.
Que es necesario aprobar El MANUAL OPERATIVO, tiene por objeto establecer las normas operativas que regirán la ejecución del “Programa de Convivencia Ciudadana y Mejoramiento de Barrios” en sujeción a lo dispuesto en el Contrato de Préstamo BID HO-L 1187 suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo (financiador) conforme a las políticas y normas establecidas para el efecto y la normatividad nacional que aplique. Está vigente durante el plazo que dure el Programa. CONSIDERANDO: Como parte del Convenio Interinsti- tucional entre Co- Ejecutores del programa se creará un Consejo Estratégico de Coordinación del Programa (CECP) integrado por las máximas autoridades de los Organismos Co-Ejecutores. CONSIDERANDO: Además del Consejo Estratégico de Coordinación del Programa (CECP), el Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad (SEDS), el Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS/ FHIS) el Consejo Estratégico de Coordinación del Programa (CECP) incluirá dentro de sus miembros a el Secretario de Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y en su defecto podrá participar el Subsecretario de Crédito e Inversión Pública, un representante de la Alcaldía Municipal del Distrito Central y un representante de la Comisión Especial y Seguimiento y Transformación de la Policía, así como los coordinadores de las Unidades Coordinadoras del Programa (UCP) de los Co-Ejecutores, Así mismo estará integrado por unidades coordinadoras del programa delegadas por los ejecutores y un comité de coordinadores. ACUERDA: Artículo 1: Aprobar El MANUAL OPERATIVO DEL PROGRAMA (ROP), el cual tiene por objeto establecer las normas operativas que regirán la ejecución del “Programa de Convivencia Ciudadana y Mejoramiento de Barrios”, para el mejor funcionamiento del Programa. Artículo 2: El Presente Acuerdo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. MBA. MARIO RENE PINEDA VALLE MINISTRO - DIRECTOR DEL IDECOAS. ABOG. JUAN CARLOS LOPEZ ORELLANA SECRETARIO - GENERAL DEL IDECOAS. U D I-D EG T-U N AH Sección “B” Comisión Nacional de Bancos y Seguros
Articulos
Aprobar El MANUAL OPERATIVO DEL PROGRAMA (ROP), el cual tiene por objeto establecer las normas operativas que regirán la ejecución del “Programa de Convivencia Ciudadana y Mejoramiento de Barrios”, para el mejor funcionamiento del Programa.
El Presente Acuerdo entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. MBA. MARIO RENE PINEDA VALLE MINISTRO - DIRECTOR DEL IDECOAS. ABOG. JUAN CARLOS LOPEZ ORELLANA SECRETARIO - GENERAL DEL IDECOAS. U D I-D EG T-U N AH Sección “B” Comisión Nacional de Bancos y Seguros