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3 de enero de 2019Vigente

Acuerdo No. IDECOAS-010-2018 — Acuerdo de Delegación de funciones en Subgerente de Talento Humano de PRONADERS

Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS)

  • Decreto: IDECOAS-010-2018
  • Publicación: 3 de enero de 2019
  • Órgano emisor: Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS)
  • Gaceta: 34,835

Considerandos

Que mediante los Decretos Ejecutivos Números PCM-001-2014, NÚMERO PCM-013-2014, el PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en Consejo de Ministros crea el INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO DE AGUA Y SANEAMIENTO, (IDECOAS), ordenando la integración de los organismos de PRONADERS, SANAA y FHIS.- Que según Acuerdo No.30-2014, de fecha 31 de enero del año 2014, el Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS), así mismo como Director del Programa Nacional Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y Director Ejecutivo del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL(FHIS), al ciudadano MARIO RENE PINEDA VALLE.

Que es atribución del Director de IDECOAS, la delegación de algunas funciones en el Sub- director del IDECOAS, Abogado FREDY MAURICIO CASAS O LA LAGOS, pues de conformidad al artículo 7 del Decreto Ejecutivo No PCM-013-2014, establece que en ausencia del Director asumirá el cargo de Subdirector, en los asuntos expresamente delegados, cuando sea necesario, a fin de garantizar el funcionamiento administrativo, eficiente de las actividades de la institución.

Que la Dirección Ejecutiva del IDECOAS, por la diversas ocupaciones que realiza en cumplimiento estricto de sus obligaciones que la ley le confiere y con el fin de hacer más eficiente la administración de la Institución, en cumplimiento de la simplificación ACUERDO DE DELEGACIÓN No. IDECOAS-005-2018 U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 administrativa acuerda: Delegar funciones en el ciudadano FREDY MAURICIO CASAS O LA LAGOS, quien se desempeña como Subdirector de IDECOAS.

Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90, de fecha 22 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el viernes 2 de marzo de 1990, en La Gaceta No 26,075, se crea la Ley del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), que entre otras, tiene la competencia de ejecutar préstamos blandos y ejecutar Programas. ACUERDO DE DELEGACIÓN No. IDECOAS-006-2018 U D I-D EG T-U N AH

Que mediante los Decretos Ejecutivos Números PCM-001-2014, NÚMERO PCM-013-2014, el PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,en Consejo de Ministros crea el INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO DE AGUA Y SANEAMIENTO, (IDECOAS), ordenando la integración de los organismos de PRONADERS, SANAA y FHIS.- Que según Acuerdo No.30-2014, de fecha 31 de enero del año 2014, el Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS); así mismo como Director del Programa Nacional Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y Director Ejecutivo del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL(FHIS), al ciudadano MARIO RENE PINEDA VALLE.

Que es atribución del Director de IDECOAS/FHIS, la delegación de algunas funciones en el Director Adjunto del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), INGENIERO NELSON VALERIANO FERRUFINO, pues de conformidad al artículo 7 del Decreto Ejecutivo No PCM-013-2014; establece que en ausencia del Director asumirá el cargo el Subdirector, en los asuntos expresamente delegados, cuando sea necesario, a fin de garantizar el funcionamiento administrativo, eficiente de las actividades de la institución.

Que la Dirección Ejecutiva del IDECOAS/FHIS, por la diversas ocupaciones que realiza en cumplimiento estricto de sus obligaciones que la ley le confiere y con el fin de hacer más eficiente la administración de la Institución, en cumplimiento de la simplificación administrativa acuerda: Delegar funciones en el ciudadano NELSON VALERIANO FERRUFINO, quien se desempeña como Director Adjunto del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS).

Que el Decreto Legislativo Número 12-2000, de fecha 7 de marzo de 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del día viernes 5 de mayo de 2000, se crea la Ley para el Desarrollo Rural Sostenible, mediante el cual se crea el PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y URBANO SOSTENIBLE, conocido con las siglas (PRONADERS); adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, ordenando la fusión de las instituciones DINADERS-FONADERS, creando una sola institución denominado PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y URBANO SOSTENIBLE, conocido con las siglas PRONADERS, el cual fue reformado mediante Decreto Legislativo No. 137-2011, de fecha 30 de agosto del 2011 y fue publicado en el periódico oficial “LA GACETA”, el día martes 8 de noviembre del 2011, el cual lo des concentra de la SAG y le da autonomía técnica, administrativa y financiera propia.

Que mediante los Decretos Ejecutivos Números PCM-001-2014 y NÚMERO PCM-013-2014, el PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en Consejo de Ministros crea el INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, DE AGUA Y SANEAMIENTO, (IDECOAS) ordenando la integración institucional de los organismos de PRONADERS, SANAA y FHIS.- Que según Acuerdo No.30-2014, de fecha 31 de enero del año 2014, el Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS) así mismo como Director del Programa Nacional Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y Director Ejecutivo del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS) al ciudadano MARIO RENE PINEDA VALLE.

Que es atribución del Director de IDECOAS/PRONADERS, la delegación de algunas funciones en el Subdirector INGENIERO RUBEN DARIO ESPINOZA OLIVERA, pues de conformidad al artículo 7 del Decreto ejecutivo No PCM-013-2014; establece que en ausencia del Director asumirá el cargo el Subdirector, en los asuntos expresamente delegados, cuando sea necesario, a fin de garantizar el funcionamiento administrativo, eficiente de las actividades de la institución.

Que la Dirección Ejecutiva del PRONADERS, por la diversas ocupaciones que realiza en cumplimiento estricto de sus obligaciones que la ley le confiere y con el fin de hacer más eficiente la administración de la Institución, en cumplimiento de la simplificación administrativa acuerda: Delegar funciones en el ciudadano RUBEN DARIO ESPINOZA OLIVERA, quien se desempeña como Subdirector de PRONADERS.

Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90, de fecha 22 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el viernes 2 de marzo de 1990, en la Gaceta No 26,075, se crea la Ley del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), que entre otras, tiene la competencia de ejecutar préstamos blandos y ejecutar Programas.

Que mediante los Decretos Ejecutivos Números PCM-001-2014, NUMERO PCM-013-2014, el PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en Consejo de Ministros crea el INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO DE AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS), ordenando la integración de los organismos de PRONADERS, SANAA Y FHIS.- Que según acuerdo No.30-2014, de fecha 31 de enero del año 2014, el Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS); así mismo como Director del Programa Nacional Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y Director Ejecutivo del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL(FHIS), al ciudadano MARIO RENE PINEDA VALLE. ACUERDO DE DELEGACIÓN No. IDECOAS-009-2018 U D I-D EG T-U N AH

Que es atribución del Director de IDECOAS/FHIS, el Nombramiento y cancelación del personal que labora en el IDECOAS, como también delegar algunas funciones cuando sea necesario a fin de garantizar el funcionamiento administrativo, eficiente de las actividades de la institución.

Que la Dirección Ejecutiva del IDECOAS/FHIS, por la diversas ocupaciones que realiza en cumplimiento estricto de sus obligaciones que la ley le confiere y con el fin de hacer más eficiente la administración de la Institución, en cumplimiento de la simplificación administrativa acuerda: Delegar funciones en el ciudadano ALEXIS DANERY VARGAS TORRES, quien se desempeña como Gerente de Recursos Humanos de IDECOAS y Director de Recursos Humanos Ad Honorem del FHIS, para que pueda SUSTITUIR PERSONAL, SUSCRIBIR CONTRATOS DE TRABAJO O DE SERVICIOS PROFESIONALES SEGÚN SEA EL CASO PREVIA AUTORIZACIÓN DEL MINISTRO- DIRECTOR DEL IDECOAS/ FHIS; LLAMADOS DE ATENCION A CONSULTORES Y DEMAS EMPLEADOS, REALIZAR PROCEDIMIENTOS COMPLETOS DE AUDIENCIAS DE DESCARGO, NOTIFICACIONES DE DESPIDOS, CANCELACIÓN DE CONTRATOS,ASÍ TAMBIÉN QUEDA FACULTADO PARA CANCELAR EMPLEADOS POR ACUERDOS.

Que el Decreto Número 12-2000 de fecha 7 de marzo de 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de viernes 5 de mayo de 2000, se crea la Ley para Desarrollo Rural Sostenible, que establece en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS); así mismo que el Congreso Nacional de la República aprobó el Decreto 137-2011 reformando el Decreto No.12-2000 de fecha 7 de marzo de 2000 ordenando la fusión de las instituciones DINADERS-FONADERS, creando una sola institución denominado PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y URBANO SOSTENIBLE conocido con las siglas PRONADERS.

Que mediante los Decretos Ejecutivos Números PCM-001-2014 NUMERO PCM-013-2014 el PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, en Consejo de Ministros crea el INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO DE AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) ordenando la integración de los organismos de PRONADERS, SANAA Y FHIS.- Que según acuerdo No.30-2014, de fecha 31 de enero del año 2014, el Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS) así mismo como Director del Programa Nacional Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y Director Ejecutivo del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS) al ciudadano MARIO RENE PINEDA VALLE.

Que es atribución del Director de IDECOAS/ PRONADERS, el Nombramiento y cancelación del personal que labora en el PRONADERS, como también delegar algunas funciones cuando sea necesario a fin de garantizar el funcionamiento administrativo, eficiente de las actividades de la institución.

Que la Dirección Ejecutiva del IDECOAS/ PRONADERS, por la diversas ocupaciones que realiza en cumplimiento estricto de sus obligaciones que la ley le confiere y con elfinde hacer más eficiente la administración de la Institución, en cumplimiento de la simplificación administrativa acuerda: Delegar funciones en el ciudadano JESÚS ARMANDO CHINCHILLA PACHECO, quien se desempeña como SubGerente de Talento Humano de PRONADERS, PARA QUE PUEDA SUSTITUIR PERSONAL, SUSCRIBIR CONTRATOS DE TRABAJO ACUERDO DE DELEGACIÓN No. IDECOAS-010-2018 U D I-D EG T-U N AH O DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, SEGÚN SEA EL CASO, previo autorización del Ministro Director de IDECOAS/PRONADERS; LLAMADOS DE ATENCION A CONSULTORES Y DEMAS EMPLEADOS, REALIZAR PROCEDIMIENTOS COMPLETOS DE AUDIENCIAS DE DESCARGO, NOTIFICACIONES DE DESPIDOS, CANCELACION DE CONTRATOS, ASÍ TAMBIÉN QUEDA FACULTADO PARA CANCELAR EMPLEADOS POR ACUERDOS, QUEDANDO FACULTADO PARA FIRMAR LOS RESPECTIVOS ACUERDOS DE CANCELACION DEL PERSONAL QUE LABORA EN EL PRONADERS.

Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 22 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el viernes 2 de marzo de 1990, en La Gaceta No. 26,075, se crea la Ley del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), que entre otras, tiene la competencia de ejecutar préstamos blandos y ejecutar Programas.

Que mediante Decreto Legislativo No. 12-2000 de fecha 7 de marzo de 2000, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de viernes 5 de mayo de 2000, se crea la Ley para Desarrollo Rural Sostenible, que establece en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural Sostenible (PRONADERS); así mismo que el Congreso Nacional de la República aprobó el Decreto 137-2011 reformando el Decreto No.12-2000 de fecha 7 de marzo de 2000 ordenando la fusión de las instituciones DINADERS-FONADERS, creando una sola institución denominado PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y URBANO SOSTENIBLE conocido con las siglas PRONADERS.

Que mediante los Decretos Ejecutivos Números PCM-001-2014, NÚMERO PCM-013-2014, el PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en Consejo de Ministros crea el INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO DE AGUA Y SANEAMIENTO, (IDECOAS), ordenando la integración de los organismos de PRONADERS, SANAA y FHIS.- Que según Acuerdo Ejecutivo No.30-2014 de fecha 31 de enero del año 2014, el Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS), así mismo como Director del Programa Nacional Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y Director Ejecutivo del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL(FHIS), al ciudadano MARIO RENE PINEDA VALLE.

Que es atribución del Director de IDECOAS, la delegación de algunas funciones en el Sub- director del IDECOAS, Abogado FREDY MAURICIO CASAS O LA LAGOS, pues de conformidad al artículo 7 del Decreto Ejecutivo No. PCM-013-2014, establece que en ausencia del Director asumirá el cargo de Subdirector, en los asuntos expresamente delegados, cuando sea necesario, a fin de garantizar el funcionamiento administrativo, eficiente de las actividades de la institución.

Que la Dirección Ejecutiva del IDECOAS, por la diversas ocupaciones que realiza en cumplimiento estricto de sus obligaciones que la ley le confiere y con el fin de hacer más eficiente la administración de la Institución, en cumplimiento de la simplificación administrativa acuerda: Delegar funciones en el ciudadano FREDY MAURICIO CASAS O LA LAGOS, quien se desempeña como Subdirector de IDECOAS. CONSIDERANDO: El Subdirector del Instituto para su desempeño asumirá las funciones siguientes: 1. Auxiliar al Director en la coordinación de las distintas áreas que integran el Instituto; 2. Apoyar al Director en la supervisión, visitas y evaluaciones del desempeño de los gerentes; 3. Dar seguimiento a los acuerdos y disposiciones que dicte el Director en ejercicio de sus facultades en los programas y proyectos del Instituto; 4. Representar al Director en su ausencia en los asuntos expresamente delegados; y, 5. Atender los asuntos o funciones específicos que se le asigne o delegue el Director y los demás que le confiere este Decreto.- No obstante, la responsabilidad que se derivare de la emisión de los actos será impugna ble al órgano delegado. ACUERDO DE DELEGACIÓN No. IDECOAS-017-2018 U D I-D EG T-U N AH

Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 22 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el viernes 2 de marzo de 1990, en La Gaceta No. 26,075, se crea la Ley del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), que entre otras, tiene la competencia de ejecutar préstamos blandos y ejecutar Programas.

Que mediante los Decretos Ejecutivos Números PCM-001-2014, NÚMERO PCM-013-2014 el PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en Consejo de Ministros crea el INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO DE AGUA Y SANEAMIENTO, (IDECOAS) ordenando la integración de los organismos de PRONADERS, SANAA y FHIS.- Que según Acuerdo Ejecutivo No.30-2014 de fecha 31 de enero del año 2014, el Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS); así mismo como Director del Programa Nacional Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y Director Ejecutivo del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS) al ciudadano MARIO RENE PINEDA VALLE. ACUERDO DE DELEGACIÓN No. IDECOAS-018-2018 U D I-D EG T-U N AH

Que es atribución del Director de IDECOAS/FHIS, la delegación de algunas funciones en el Director Adjunto del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), NELSON VALERIANO FERRUFINO, de conformidad al artículo 15 del Decreto Ejecutivo No. 12-90; tendrá de sus facultades al Director en su ausencia en los asuntos expresamente delegados cuando sea necesario a fin de garantizar el funcionamiento administrativo, eficiente de las actividades de la institución.

Que la Dirección Ejecutiva del IDECOAS/FHIS, por la diversas ocupaciones que realiza en cumplimiento estricto de sus obligaciones que la ley le confiere y con el fin de hacer más eficiente la administración de la Institución, en cumplimiento de la simplificación administrativa acuerda: Delegar funciones en el ciudadano NELSON VALERIANO FERRUFINO, quien se desempeña como Director Adjunto del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: El Director Adjunto del FONDO HONDUREÑO DE INVERSION SOCIAL (FHIS), para su desempeño asumirá las funciones siguientes: 1. Apoyar la supervisión, visitas y evaluaciones del desempeño de los Directores; 2. Dar seguimiento a los acuerdos y disposiciones que dicte el Director en ejercicio de sus facultades en los programas y proyectos del Instituto;3.Representar al Director en su ausencia en los asuntos expresamente delegados; y, 4. Atender los asuntos o funciones específicos que se le asigne o delegue el Director y los demás que le confiere este Decreto; 5.- Firmar autos, providencias, memorándums, circulares, autorizar trámites administrativos internos para viáticos y demás actuaciones necesarias para la operatividad diaria de la Institución.- No obstante, la responsabilidad que se derivare de la emisión de los actos será impugna ble al órgano delegado.- No obstante, la responsabilidad que se derivare de la emisión de los actos será impugna ble al órgano delegado.

Articulos

Articulo 1.-

, 2, 4, 5, 6, 7,11 y 12 del Decreto Ejecutivo Número PCM-013-2014. ACUERDA: PRIMERO: Delegar para el periodo comprendido del dos (02) de mayo al once (11) de mayo del dos mil dieciocho (2018), en el Director Adjunto del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), al INGENIERO NELSON VALERIANO FERRUFINO, para que asuma las funciones inherentes al cargo de Director del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). SEGUNDO: El ciudadano en mención será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente a lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, al Reglamento del Personal, Código de Conducta Ética, del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente acuerdo de delegación es de ejecución inmediata y deberá transcribirse al INGENIERO NELSON VALERIANO FERRUFINO.- CÚMPLASE. MBA.- MARIO RENE PINEDA VALLE MINISTRO-DIRECTOR DEL IDECOAS ABOG. JUAN CARLOS LOPEZ ORELLANA SECRETARIO GENERAL DEL IDECOAS U D I-D EG T-U N AH Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los treinta (30) días del mes de abril del año dos mil dieciocho (2018): El Ministro Director del INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) Y DIRECTOR DEL PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y URBANO SOSTENIBLE (PRONADERS).- En uso de sus atribuciones que la ley le confiere, emite el siguiente acuerdo de delegación: CONSIDERANDO: Que el Decreto Legislativo Número 12-2000, de fecha 7 de marzo de 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del día viernes 5 de mayo de 2000, se crea la Ley para el Desarrollo Rural Sostenible, mediante el cual se crea el PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y URBANO SOSTENIBLE, conocido con las siglas (PRONADERS); adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, ordenando la fusión de las instituciones DINADERS-FONADERS, creando una sola institución denominado PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y URBANO SOSTENIBLE, conocido con las siglas PRONADERS, el cual fue reformado mediante Decreto Legislativo No. 137-2011, de fecha 30 de agosto del 2011 y fue publicado en el periódico oficial “LA GACETA”, el día martes 8 de noviembre del 2011, el cual lo des concentra de la SAG y le da autonomía técnica, administrativa y financiera propia. CONSIDERANDO: Que mediante los Decretos Ejecutivos Números PCM-001-2014 y NÚMERO PCM-013-2014, el PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en Consejo de Ministros crea el INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, DE AGUA Y SANEAMIENTO, (IDECOAS) ordenando la integración institucional de los organismos de PRONADERS, SANAA y FHIS.- Que según Acuerdo No.30-2014, de fecha 31 de enero del año 2014, el Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS) así mismo como Director del Programa Nacional Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y Director Ejecutivo del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS) al ciudadano MARIO RENE PINEDA VALLE. CONSIDERANDO: Que es atribución del Director de IDECOAS/PRONADERS, la delegación de algunas funciones en el Subdirector INGENIERO RUBEN DARIO ESPINOZA OLIVERA, pues de conformidad al artículo 7 del Decreto ejecutivo No PCM-013-2014; establece que en ausencia del Director asumirá el cargo el Subdirector, en los asuntos expresamente delegados, cuando sea necesario, a fin de garantizar el funcionamiento administrativo, eficiente de las actividades de la institución. CONSIDERANDO: Que la Dirección Ejecutiva del PRONADERS, por la diversas ocupaciones que realiza en cumplimiento estricto de sus obligaciones que la ley le confiere y con el fin de hacer más eficiente la administración de la Institución, en cumplimiento de la simplificación administrativa acuerda: Delegar funciones en el ciudadano RUBEN DARIO ESPINOZA OLIVERA, quien se desempeña como Subdirector de PRONADERS. POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 80, 129, 321 de la ACUERDO DE DELEGACIÓN No. IDECOAS-07-2018 U D I-D EG T-U N AH Constitución de la República; artículos 1, 5, 6, 116, 18 Y 122 de la Ley General de la Administración Pública; artículo 15 de la Ley del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS); artículos 1, 3 y 7 de la Ley para el Desarrollo Rural y Urbano Sostenible; artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7,1 1 y 12, del Decreto Ejecutivo Número PCM-013-2014. ACUERDA: PRIMERO: Delegar para el periodo comprendido del (02) de mayo al (11) de mayo del 2018, en el subdirector de PRONADERS, al INGENIERO RUBEN DARIO ESPINOZA OLIVERA, para que asuma las funciones inherentes al cargo de Director de PRONADERS. SEGUNDO: El ciudadano en mención será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente a lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, al Reglamento del Personal, Código de Conducta Ética, del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables TERCERO: El presente acuerdo de delegación es de ejecución inmediata y deberá transcribirse al INGENIERO RUBEN DARIO ESPINOZA OLIVERA.- CÚMPLASE. MBA.- MARIO RENE PINEDA VALLE MINISTRO-DIRECTOR DEL IDECOAS ABOG. JUAN CARLOS LOPEZ ORELLANA SECRETARIO GENERAL DEL IDECOAS Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, primero (01) de junio del año dos mil dieciocho (2018): El Ministro Director del INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) Y DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL(FHIS), en uso de sus atribuciones que la ley le confiere, emite el siguiente Acuerdo de Delegación: CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90, de fecha 22 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial La Gaceta, el viernes 2 de marzo de 1990, en la Gaceta No 26,075, se crea la Ley del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), que entre otras, tiene la competencia de ejecutar préstamos blandos y ejecutar Programas. CONSIDERANDO: Que mediante los Decretos Ejecutivos Números PCM-001-2014, NUMERO PCM-013-2014, el PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en Consejo de Ministros crea el INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO DE AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS), ordenando la integración de los organismos de PRONADERS, SANAA Y FHIS.- Que según acuerdo No.30-2014, de fecha 31 de enero del año 2014, el Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS); así mismo como Director del Programa Nacional Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y Director Ejecutivo del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL(FHIS), al ciudadano MARIO RENE PINEDA VALLE. ACUERDO DE DELEGACIÓN No. IDECOAS-009-2018 U D I-D EG T-U N AH CONSIDERANDO: Que es atribución del Director de IDECOAS/FHIS, el Nombramiento y cancelación del personal que labora en el IDECOAS, como también delegar algunas funciones cuando sea necesario a fin de garantizar el funcionamiento administrativo, eficiente de las actividades de la institución. CONSIDERANDO: Que la Dirección Ejecutiva del IDECOAS/FHIS, por la diversas ocupaciones que realiza en cumplimiento estricto de sus obligaciones que la ley le confiere y con el fin de hacer más eficiente la administración de la Institución, en cumplimiento de la simplificación administrativa acuerda: Delegar funciones en el ciudadano ALEXIS DANERY VARGAS TORRES, quien se desempeña como Gerente de Recursos Humanos de IDECOAS y Director de Recursos Humanos Ad Honorem del FHIS, para que pueda SUSTITUIR PERSONAL, SUSCRIBIR CONTRATOS DE TRABAJO O DE SERVICIOS PROFESIONALES SEGÚN SEA EL CASO PREVIA AUTORIZACIÓN DEL MINISTRO- DIRECTOR DEL IDECOAS/ FHIS; LLAMADOS DE ATENCION A CONSULTORES Y DEMAS EMPLEADOS, REALIZAR PROCEDIMIENTOS COMPLETOS DE AUDIENCIAS DE DESCARGO, NOTIFICACIONES DE DESPIDOS, CANCELACIÓN DE CONTRATOS,ASÍ TAMBIÉN QUEDA FACULTADO PARA CANCELAR EMPLEADOS POR ACUERDOS. POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 80, 129, 321 de la Constitución de la República; artículos 1, 5, 6, 11, 116, 118 y 122, de la Ley General de la Administración Pública artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 11 Y 12 del Decreto Ejecutivo Número PCM- 013-2014. ACUERDA: PRIMERO: Delegar para el periodo comprendido del primero (01) de junio del dos mil dieciocho (2018), al treinta y uno (31) de diciembre del dos mil dieciocho (2018), en el Gerente de Recursos Humanos de IDECOAS y Director de Recursos Humanos Ad Honorem del FHIS, al LICENCIADO ALEXIS DANERY VARGAS TORRES, la facultad de SUSTITUIR PERSONAL, SUSCRIBIR CONTRATOS DE TRABAJO O DE SERVICIOS PROFESIONALES SEGÚN SEA EL CASO PREVIA AUTORIZACIÓN DEL MINISTRO-DIRECTOR DEL IDECOAS/FHIS; LLAMADOS DE ATENCION A CONSULTORES Y DEMAS EMPLEADOS, REALI- ZAR PROCEDIMIENTOS COMPLETOS DE A UDI EN- CIAS DE DESCARGO, NOTIFICACIONES DE DESPIDOS, CANCELACIÓN DE CONTRATOS, ASÍ TAMBIÉN QUEDA FACULTADO PARA CANCELAR EMPLEADOS POR ACUERDOS. SEGUNDO: El ciudadano en mención será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente a lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, al Reglamento del Personal, Código de Conducta Ética, del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Acuerdo de Delegación es de ejecución inmediata y deberá transcribirse al LICENCIADO ALEXIS DANERY VARGAS TORRES. CÚMPLASE. MBA.- MARIO RENE PINEDA VALLE MINISTRO-DIRECTOR IDECOAS /FHIS ABOG. JUAN CARLOS LOPEZ ORELLANA SECRETARIO GENERAL – IDECOAS/ FHIS U D I-D EG T-U N AH Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, primero (01) de junio del año dos mil dieciocho (2018): El Ministro Director del INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) Y DIRECTOR DEL PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y URBANO SOSTENIBLE (PRONADERS). En uso de sus atribuciones que la ley le confiere, emite el siguiente acuerdo de delegación: CONSIDERANDO: Que el Decreto Número 12-2000 de fecha 7 de marzo de 2000, publicado en el Diario Oficial La Gaceta de viernes 5 de mayo de 2000, se crea la Ley para Desarrollo Rural Sostenible, que establece en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS); así mismo que el Congreso Nacional de la República aprobó el Decreto 137-2011 reformando el Decreto No.12-2000 de fecha 7 de marzo de 2000 ordenando la fusión de las instituciones DINADERS-FONADERS, creando una sola institución denominado PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y URBANO SOSTENIBLE conocido con las siglas PRONADERS. CONSIDERANDO: Que mediante los Decretos Ejecutivos Números PCM-001-2014 NUMERO PCM-013-2014 el PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, en Consejo de Ministros crea el INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO DE AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS) ordenando la integración de los organismos de PRONADERS, SANAA Y FHIS.- Que según acuerdo No.30-2014, de fecha 31 de enero del año 2014, el Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS) así mismo como Director del Programa Nacional Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y Director Ejecutivo del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS) al ciudadano MARIO RENE PINEDA VALLE. CONSIDERANDO: Que es atribución del Director de IDECOAS/ PRONADERS, el Nombramiento y cancelación del personal que labora en el PRONADERS, como también delegar algunas funciones cuando sea necesario a fin de garantizar el funcionamiento administrativo, eficiente de las actividades de la institución. CONSIDERANDO: Que la Dirección Ejecutiva del IDECOAS/ PRONADERS, por la diversas ocupaciones que realiza en cumplimiento estricto de sus obligaciones que la ley le confiere y con elfinde hacer más eficiente la administración de la Institución, en cumplimiento de la simplificación administrativa acuerda: Delegar funciones en el ciudadano JESÚS ARMANDO CHINCHILLA PACHECO, quien se desempeña como SubGerente de Talento Humano de PRONADERS, PARA QUE PUEDA SUSTITUIR PERSONAL, SUSCRIBIR CONTRATOS DE TRABAJO ACUERDO DE DELEGACIÓN No. IDECOAS-010-2018 U D I-D EG T-U N AH O DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, SEGÚN SEA EL CASO, previo autorización del Ministro Director de IDECOAS/PRONADERS; LLAMADOS DE ATENCION A CONSULTORES Y DEMAS EMPLEADOS, REALIZAR PROCEDIMIENTOS COMPLETOS DE AUDIENCIAS DE DESCARGO, NOTIFICACIONES DE DESPIDOS, CANCELACION DE CONTRATOS, ASÍ TAMBIÉN QUEDA FACULTADO PARA CANCELAR EMPLEADOS POR ACUERDOS, QUEDANDO FACULTADO PARA FIRMAR LOS RESPECTIVOS ACUERDOS DE CANCELACION DEL PERSONAL QUE LABORA EN EL PRONADERS. POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 80, 129, 321 de la Constitución de la República; artículos 1, 5, 6, 11 116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; artículos 1,3 y 7 de la Ley para el Desarrollo Rural y Urbano Sostenible. ACUERDA: PRIMERO: Delegar para el periodo comprendido del uno (01) de junio al treinta y uno (31) de diciembre del 2018, en el Subgerente de Talento Humano de PRONADERS, al ABOGADO JESUS ARMANDO CHINCHILLA PACHECO, para que pueda PARA QUE PUEDA SUSTITUIR PERSONAL, SUSCRIBIR CONTRATOS DE TRABAJO O DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, SEGÚN SEA EL CASO, previo autorización del Ministro Director de IDECOAS/ PRONADERS; LLAMADOS DE ATENCION A CONSULTORES Y DEMAS EMPLEADOS,REALIZAR PROCEDIMIENTOS COMPLETOS DE AUDIENCIAS DE DESCARGO, NOTIFICACIONES DE DESPIDOS, CANCELACION DE CONTRATOS, ASÍ TAMBIÉN QUEDA FACULTADO PARA CANCELAR EMPLEADOS POR ACUERDOS, QUEDANDO FACULTADO PARA FIRMAR LOS RESPECTIVOS ACUERDOS DE CANCELACION DEL PERSONAL QUE LABORA EN EL PRONADERS. SEGUNDO: El ciudadano en mención será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente a lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, al Reglamento del Personal, Código de Conducta Ética, del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables TERCERO: El presente acuerdo de delegación es de ejecución inmediata y deberá transcribirse al ABOGADO JESÚS ARMANDO CHINCHILLA PACHECO.- CÚMPLASE. MBA.- MARIO RENE PINEDA VALLE MINISTRO-DIRECTOR IDECOAS /FHIS ABOG. JUAN CARLOS LOPEZ ORELLANA SECRETARIO GENERAL – IDECOAS/ FHIS U D I-D EG T-U N AH Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los quince (15) días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018): El Ministro Director del INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (IDECOAS), en uso de sus atribuciones que la ley le confiere, emite el siguiente Acuerdo de Delegación: CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 22 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el viernes 2 de marzo de 1990, en La Gaceta No. 26,075, se crea la Ley del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), que entre otras, tiene la competencia de ejecutar préstamos blandos y ejecutar Programas. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-2000 de fecha 7 de marzo de 2000, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de viernes 5 de mayo de 2000, se crea la Ley para Desarrollo Rural Sostenible, que establece en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural Sostenible (PRONADERS); así mismo que el Congreso Nacional de la República aprobó el Decreto 137-2011 reformando el Decreto No.12-2000 de fecha 7 de marzo de 2000 ordenando la fusión de las instituciones DINADERS-FONADERS, creando una sola institución denominado PROGRAMA NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y URBANO SOSTENIBLE conocido con las siglas PRONADERS. CONSIDERANDO: Que mediante los Decretos Ejecutivos Números PCM-001-2014, NÚMERO PCM-013-2014, el PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en Consejo de Ministros crea el INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO DE AGUA Y SANEAMIENTO, (IDECOAS), ordenando la integración de los organismos de PRONADERS, SANAA y FHIS.- Que según Acuerdo Ejecutivo No.30-2014 de fecha 31 de enero del año 2014, el Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS), así mismo como Director del Programa Nacional Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y Director Ejecutivo del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL(FHIS), al ciudadano MARIO RENE PINEDA VALLE. CONSIDERANDO: Que es atribución del Director de IDECOAS, la delegación de algunas funciones en el Sub- director del IDECOAS, Abogado FREDY MAURICIO CASAS O LA LAGOS, pues de conformidad al artículo 7 del Decreto Ejecutivo No. PCM-013-2014, establece que en ausencia del Director asumirá el cargo de Subdirector, en los asuntos expresamente delegados, cuando sea necesario, a fin de garantizar el funcionamiento administrativo, eficiente de las actividades de la institución. CONSIDERANDO: Que la Dirección Ejecutiva del IDECOAS, por la diversas ocupaciones que realiza en cumplimiento estricto de sus obligaciones que la ley le confiere y con el fin de hacer más eficiente la administración de la Institución, en cumplimiento de la simplificación administrativa acuerda: Delegar funciones en el ciudadano FREDY MAURICIO CASAS O LA LAGOS, quien se desempeña como Subdirector de IDECOAS. CONSIDERANDO: El Subdirector del Instituto para su desempeño asumirá las funciones siguientes:

  • 1)

    Auxiliar al Director en la coordinación de las distintas áreas que integran el Instituto;

  • 2)

    Apoyar al Director en la supervisión, visitas y evaluaciones del desempeño de los gerentes;

  • 3)

    Dar seguimiento a los acuerdos y disposiciones que dicte el Director en ejercicio de sus facultades en los programas y proyectos del Instituto;

  • 4)

    Representar al Director en su ausencia en los asuntos expresamente delegados; y,

  • 5)

    Atender los asuntos o funciones específicos que se le asigne o delegue el Director y los demás que le confiere este Decreto.- No obstante, la responsabilidad que se derivare de la emisión de los actos será impugna ble al órgano delegado. ACUERDO DE DELEGACIÓN No. IDECOAS-017-2018 U D I-D EG T-U N AH POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 80, 129, 321 de la Constitución de la República; artículos 1, 5, 6, 11, 116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; artículos 3, 4, 5, 6 y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo; artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 11 y 12 del Decreto Ejecutivo Número PCM-013-2014. ACUERDA: PRIMERO: Delegar para el periodo comprendido del diecisiete (17) de septiembre al veinte (20) de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), en el Subdirector de IDECOAS, al Abogado FREDY MAURICIO CASAS O LA LAGOS, para que asuma las funciones inherentes al cargo de Director del IDECOAS y las arriba descritas. SEGUNDO: El ciudadano en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente a lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, al Reglamento del Personal, Código de Conducta Ética del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Acuerdo de delegación es de ejecución inmediata y deberá transcribirse al Abogado FREDY MAURICIO CASAS O LA LAGOS.- CÚMPLASE MBA.- MARIO RENE PINEDA VALLE MINISTRO-DIRECTOR DEL IDECOAS ABOG. JUAN CARLOS LOPEZ ORELLANA SECRETARIO GENERAL DEL IDECOAS Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento En la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los quince (15) días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018): El Ministro Director del INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO,AGUAY SANEAMIENTO (IDECOAS) Y DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSION SOCIAL (FHIS), en uso de sus atribuciones que la ley le confiere, emite el siguiente Acuerdo de Delegación: CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 22 de febrero de 1990, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el viernes 2 de marzo de 1990, en La Gaceta No. 26,075, se crea la Ley del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), que entre otras, tiene la competencia de ejecutar préstamos blandos y ejecutar Programas. CONSIDERANDO: Que mediante los Decretos Ejecutivos Números PCM-001-2014, NÚMERO PCM-013-2014 el PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en Consejo de Ministros crea el INSTITUTO DE DESARROLLO COMUNITARIO DE AGUA Y SANEAMIENTO, (IDECOAS) ordenando la integración de los organismos de PRONADERS, SANAA y FHIS.- Que según Acuerdo Ejecutivo No.30-2014 de fecha 31 de enero del año 2014, el Presidente Constitucional de la República, NOMBRÓ en el cargo de Director del Instituto de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (IDECOAS); así mismo como Director del Programa Nacional Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS) y Director Ejecutivo del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS) al ciudadano MARIO RENE PINEDA VALLE. ACUERDO DE DELEGACIÓN No. IDECOAS-018-2018 U D I-D EG T-U N AH CONSIDERANDO: Que es atribución del Director de IDECOAS/FHIS, la delegación de algunas funciones en el Director Adjunto del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS), NELSON VALERIANO FERRUFINO, de conformidad al artículo 15 del Decreto Ejecutivo No. 12-90; tendrá de sus facultades al Director en su ausencia en los asuntos expresamente delegados cuando sea necesario a fin de garantizar el funcionamiento administrativo, eficiente de las actividades de la institución. CONSIDERANDO: Que la Dirección Ejecutiva del IDECOAS/FHIS, por la diversas ocupaciones que realiza en cumplimiento estricto de sus obligaciones que la ley le confiere y con el fin de hacer más eficiente la administración de la Institución, en cumplimiento de la simplificación administrativa acuerda: Delegar funciones en el ciudadano NELSON VALERIANO FERRUFINO, quien se desempeña como Director Adjunto del FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL (FHIS). CONSIDERANDO: El Director Adjunto del FONDO HONDUREÑO DE INVERSION SOCIAL (FHIS), para su desempeño asumirá las funciones siguientes:

    • 1)

      Apoyar la supervisión, visitas y evaluaciones del desempeño de los Directores;

    • 2)

      Dar seguimiento a los acuerdos y disposiciones que dicte el Director en ejercicio de sus facultades en los programas y proyectos del Instituto;3.Representar al Director en su ausencia en los asuntos expresamente delegados; y, 4. Atender los asuntos o funciones específicos que se le asigne o delegue el Director y los demás que le confiere este Decreto; 5.- Firmar autos, providencias, memorándums, circulares, autorizar trámites administrativos internos para viáticos y demás actuaciones necesarias para la operatividad diaria de la Institución.- No obstante, la responsabilidad que se derivare de la emisión de los actos será impugna ble al órgano delegado.- No obstante, la responsabilidad que se derivare de la emisión de los actos será impugna ble al órgano delegado. POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que la ley le confiere y en aplicación de los artículos 80, 129, 321 de la Constitución de la República; artículos 1, 5, 6, 11, 116, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; artículos 3, 4, 5, 6 y 7 de la Ley de Procedimiento Administrativo; artículos 1, 3 y 7 de la Ley para el Desarrollo Rural y Urbano Sostenible. ACUERDA: PRIMERO: Delegar para el periodo comprendido del diecisiete (17) de septiembre al veinte (20) de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), en el Subdirector de PRONADERS, al INGENIERO RUBEN DARIO ESPINOZA OLIVERA, para que asuma las funciones inherentes al cargo de Director de IDECOAS/PRONADERS y a las arriba descritas. SEGUNDO: El ciudadano en mención, tal como lo establece el párrafo tercero del artículo 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo, será responsable de todas y cada una de sus actuaciones en las cuales intervenga debiendo ceñirse estrictamente a lo dispuesto en la Constitución de la República, Código del Trabajo, al Reglamento del Personal, Código de Conducta Ética del Servidor Público del Estado y demás normas aplicables. TERCERO: El presente Acuerdo de delegación es de ejecución inmediata y deberá transcribirse al INGENIERO RUBEN DARIO ESPINOZA OLIVERA.- CÚMPLASE. MBA.- MARIO RENE PINEDA VALLE MINISTRO-DIRECTOR DEL IDECOAS ABOG. JUAN CARLOS LOPEZ ORELLANA SECRETARIO GENERAL DEL IDECOAS U D I-D EG T-U N AH (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. 1) ACUERDA: PRIMERO: Delegar para el periodo comprendido del diecisiete (17) de septiembre al (20) de septiembre del año dos mil (2018), en el Subdirector de PRONADERS, al INGENIERO RUBEN DARÍO ESPINOZA OLIVERA. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”. Teléfono: 25-52-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: U D I-D EG T-U N AH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento; servicios de entretenimiento en la naturaleza de entretenimiento audiovisual, audio y visual; servicios de entretenimiento en la naturaleza de contenido digital audiovisual, audio y visual; servicios educativos; presentación y distribución de trabajos de audio y visuales en la naturaleza de películas; proporcionando actividades culturales y deportivas; servicios educativos y de entretenimiento, principalmente; producción, distribución y presentación de trabajos visuales y de audio en la naturaleza de películas, cintas y programas de televisión; servicios de entretenimiento en la naturaleza de series de televisión, series de programas multimedia, programas de radio, películas, vídeos, cintas y fragmentos de películas; proporcionando información de entretenimiento en línea; proporcionando una base de datos de computadora en línea presentando información educativa y de entretenimiento; proporcionando información en línea en el campo de entretenimiento y educación; proporcionando información en línea en el campo de lingüística; proporcionando información en línea en el campo de programas de televisión, películas, cintas, programas de radio, programas multimedia y vídeo entretenimiento vía el internet y redes de comunicación; proporcionando un sitio web presentado, contenido no descargable de audio, visual y audio-visual; proporcionando un sitio web presentando películas no descargables, vídeos, cintas y fragmentos de películas; servicios de entretenimiento en la naturaleza de vídeos e imágenes no descargables; servicios de entretenimiento en la naturaleza de vídeos e imágenes no descargables presentando espectáculos de televisión, películas y series de programas multimedia acerca de ciencia ficción, fantasía, acción, aventura, comedia, drama, música y entretenimiento de niños transmitido vía el internet y redes de comunicación; servicios de entretenimiento en la naturaleza de vídeos e imágenes no descargables presentando películas transmitidas vía el internet y redes de comunicación; servicios educativos y de entretenimiento en la naturaleza de series de programas multimedia y televisión presentando temas de interés humano general distribuido vía varias plataformas a través de múltiples formas de medios de transmisión; proporcionando información de entretenimiento para otros vía una red de computadora global; servicios de parque de atracciones y parque temático; servicios de entretenimiento en la naturaleza de música en vivo, comedia y actuaciones dramáticas; servicios de entretenimiento en la naturaleza de actuaciones en vivo por actores, músicos, acróbatas y otros artistas; entretenimiento en la naturaleza de circos; entretenimiento en la naturaleza de presentaciones en vivo; servicios de entretenimiento, principalmente, proporcionando un sitio web para juegos de apuestas en línea; proporcionando juegos de casino no descargables y videojuegos vía el internet y redes de comunicación; servicios de entretenimiento, principalmente, proporcionando juegos de computadora en línea; servicios de entretenimiento en la forma de proporcionar servicios de juegos interactivos para juegos jugados vía computadora o redes de comunicación; proporcionando juegos; servicios de juegos en línea; servicios de juegos de computadora en línea; publicación de software de videojuegos y computadora interactivo; proporcionando libros no descargables; proporcionando publicaciones electrónicas en línea no descargables en el campo de juegos de computadora; servicio de juegos electrónicos proporcionados por medio del internet u otra red de comunicación; arreglo y conducción de juegos de internet no descargables; proporcionando servicios de entretenimiento e información de entretenimiento vía computadora, bases de datos en línea y electrónicas; proporcionando software de juegos de realidad virtual no descargable en línea; publicaciones en línea; libros en línea; diarios en línea, principalmente, blogs presentando opiniones personales en el campo de interés general, lingüística, ciencia ficción y fantasía; publicaciones en línea de publicaciones electrónicas; servicios de entretenimiento, incluyendo, proporcionando un sitio web presentando tonos de llamada, gráficos, fondos de pantalla y juegos; servicios de entretenimiento y medios móviles en la naturaleza de preparación de contenido; museos; servicios de museo; servicios de museo móvil; servicios de museo en la naturaleza de una exhibición viajan te en la naturaleza de ciencia, lingüística, exploración, conservación, 1/