Acuerdo Ministerial No. 227-2020 — Prórroga de vigencia de Acuerdo Ministerial 212-2020 sobre precio máximo de Alimento Balanceado
Secretaría de Desarrollo Económico
- Decreto: 227-2020
- Publicación: 23 de noviembre de 2020
- Órgano emisor: Secretaría de Desarrollo Económico
- Gaceta: 35,438
Considerandos
Que de conformidad con la Constitución de la República, el Estado reconoce, garantiza y fomenta las libertades de consumo y competencia; sin embargo, por razones de orden público e interés social, podrá dictar medidas para encauzar, estimular, supervisar, orientar y suplir la iniciativa privada, con fundamento en una política económica racional y planificada.
Que el Artículo 8 del Decreto Ejecutivo Número PCM-005-2020, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 10 de febrero del año 2020, instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico a tomar medidas necesarias y aplique los mecanismos de control para evitar el incremento de precios a los productos como ser: la canasta básica, medicamentos y materias primas, que impacte en los consumidores finales.
Que el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-109-2020, Declarara estado de emergencia por Huracán ETA degradado a Tormenta Tropical, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 02 de noviembre del año 2020 y mediante Decreto Ejecutivo PCM-112-2020, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 06 de noviembre del año 2020, reforma el Artículo 1, por lo que dicha emergencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2020, pudiéndose prorrogarse si persisten los efectos que dieron origen a la emergencia.
Que de conformidad con el Artículo 8 de la Ley de Protección al Consumidor y con el objeto de evitar impactos especulativos, la Autoridad de Aplicación debe presentar un Plan de Previsión, Estabilización y Concertación de precios de los artículos que por razón de demanda estacional requieran la participación del Estado.
Que en virtud de las facultades establecidas en el artículo 74 de la Ley de Protección al Consumidor, la vigencia del Acuerdo Ministerial 212-2020 podrá ser prorrogable por igual término mientras persistan las causas que lo originaron, por lo tanto en virtud de persistir las causas se amplía la vigencia del mismo por el plazo de un mes contado a partir de la fecha de su aprobación.
Que de conformidad con el Artículo 72 de la Ley de Protección al Consumidor, la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en su condición Ejecutivo Número PCM-005-2020; al Estado de Emergencia declarado mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-109- 2020 y reformado mediante PCM-112-2020 con vigencia hasta el 31 de diciembre del presente año; y, que el mismo pueda ser comprado por los consumidores sin alteración en su precio y de esta forma evitar afectar negativamente la producción y costos de los productos de la canasta básica.
Que en el Artículo 73 de la Ley de Protección al Consumidor establece; las causas para la determinación del precio máximo de venta, la autoridad de aplicación deberá determinar el precio, tarifa o margen máximo de comercialización o la modificación de éstos, en los casos siguientes: cuando se trate de caso fortuito o fuerza mayor que derive en emergencia, desastre o situación de calamidad sea sectorial, regional o nacional declarada por la autoridad competente y que genere acaparamiento, especulación, desabastecimiento o se niegue la venta de los bienes enunciados con la finalidad de provocar el alza de sus precios o cualquier otro perjuicio económico al consumidor.
Que esta Secretaría de Estado a fin de proteger la vida, la salud, la seguridad y los intereses económicos de los consumidores y evitar prácticas abusivas acordó establecer una determinación en el precio de venta del producto Alimento Balanceado para Consumo Animal como ser: cerdos, gallinas ponedoras, pollos y ganado vacuno, debido a la emergencia sanitaria declarada mediante Decreto ACUERDA: PRIMERO: Prorrogar la vigencia del Acuerdo Ministerial No.212-2020 de fecha 22 de octubre de 2020, por UN MES, contado a partir del 23 de noviembre al 23 de diciembre de 2020, el cual establece como precio máximo de venta al consumidor final del Alimento Balanceado para Consumo Animal, el precio vigente al 15 de octubre de 2020. La disposición antes citada es de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional. SEGUNDO: En virtud de lo dispuesto en el Ordinal anterior, esta Secretaría de Estado instruye que, de manera inmediata, el precio del Alimento Balanceado para Consumo Animal se ajuste al vigente en la fecha 15 de octubre de 2020. TERCERO: En cumplimiento del Artículo 4 del Decreto Ejecutivo Número PCM-021-2020 y sus reformas, se instruye a la Dirección General de Protección al Consumidor a realizar las verificaciones necesarias para garantizar el cumplimiento del precio establecido en el presente Acuerdo con una fuerte cantidad de personal y el Ministerio Público, debiendo sancionar administrativamente de conformidad con la Ley de Protección al Consumidor y otras leyes administrativas vigentes a todos aquellos proveedores de bienes y servicios que infrinjan lo dispuesto en este Acuerdo. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, a los veintitrés (23) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. DAVID ANTONIO ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, POR LEY ACUERDO MINISTERIAL No. 226-2020 DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO SECRETARIA GENERAL (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. Pendiente Próxima Edición. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: Sección “B” República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras Ejército.
Articulos
Prorrogar la vigencia del Acuerdo Ministerial No.212-2020 de fecha 22 de octubre de 2020, por UN MES, contado a partir del 23 de noviembre al 23 de diciembre de 2020, el cual establece como precio máximo de venta al consumidor final del Alimento Balanceado para Consumo Animal, el precio vigente al 15 de octubre de 2020. La disposición antes citada es de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional.
En virtud de lo dispuesto en el Ordinal anterior, esta Secretaría de Estado instruye que, de manera inmediata, el precio del Alimento Balanceado para Consumo Animal se ajuste al vigente en la fecha 15 de octubre de 2020.
En cumplimiento del Artículo 4 del Decreto Ejecutivo Número PCM-021-2020 y sus reformas, se instruye a la Dirección General de Protección al Consumidor a realizar las verificaciones necesarias para garantizar el cumplimiento del precio establecido en el presente Acuerdo con una fuerte cantidad de personal y el Ministerio Público, debiendo sancionar administrativamente de conformidad con la Ley de Protección al Consumidor y otras leyes administrativas vigentes a todos aquellos proveedores de bienes y servicios que infrinjan lo dispuesto en este Acuerdo.
El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “LA GACETA”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, a los veintitrés (23) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. DAVID ANTONIO ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, POR LEY ACUERDO MINISTERIAL No. 226-2020 DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO SECRETARIA GENERAL (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. Pendiente Próxima Edición. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: Sección “B” República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional Fuerzas Armadas de Honduras Ejército.