Acuerdo No. CREE-061 — Nombramientos en el Directorio de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica
Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)
- Decreto: CREE-061
- Publicación: 17 de junio de 2020
- Órgano emisor: Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)
- Gaceta: 35,286
Considerandos
Que mediante Decreto No. 404-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el veinte (20) de mayo del 2014, fue aprobada la Ley General de la Industria Eléctrica. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica y su reforma mediante Decreto No. 61- 2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el cinco de (5) de junio de 2020, se creó la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica con independencia funcional, presupuestaria y facultades administrativas suficientes para el cumplimiento de sus objetivos. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica, el Estado supervisará la operación del Subsector Eléctrico a través de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica. Que de conformidad con la Ley General de la Industria Eléctrica, la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica adopta sus resoluciones por mayoría de sus miembros, los que desempeñarán sus funciones con absoluta independencia de criterio y bajo su exclusiva responsabilidad. Que de conformidad de la Ley General de la Industria Eléctrica, los cargos de Presidente y Secretario serán rotatorios cada año. Que el Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica establece la forma en que deben rotarse los puestos del Directorio de la CREE. Que el Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica establece que el Vocal del Directorio de U D I-D EG T-U N AH Comisionados tienen la facultad de sustituir al Secretario de Comisionados o al Presidente durante sus ausencias. Que el Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica también reconoce la potestad del Directorio de Comisionados para la toma de decisiones regulatorias, administrativas, técnicas, operativas, económicas, financieras y de cualquier otro tipo que sea necesario en el diario accionar de la Comisión. Que en la Reunión Extraordinaria CREE-Ex-075-2020 del 17 de junio de 2020, el Directorio de Comisionados acordó emitir el presente acuerdo.
Articulos
Nombrar en el cargo de vocal de la CREE al ingeniero JOSÉ ANTONIO MORÁN MARADIAGA quien desempeñará el cargo a partir del 18 de junio de 2020 hasta el 17 de junio de 2021, inclusive.
Nombrar en el cargo de secretario de la CREE al ingeniero GERARDO ANTONIO SALGADO OCHOA quien desempeñará el cargo a partir del 18 de junio de 2020 hasta el 17 de junio de 2021, inclusive.
Delegar de manera interina en el vocal del Directorio de Comisionados, Ingeniero JOSÉ ANTONIO MORÁN MARADIAGA, la presidencia del Directorio de Comisionados a partir del 18 de junio de 2020 hasta que el Presidente de la República nombre el nuevo comisionado que sustituya al Ingeniero OSCAR WALTHER GROSS CABRERA.
Agradecer al Ingeniero OSCAR WALTHER GROSS CABRERA su importante contribución al desarrollo del subsector eléctrico de Honduras durante su desempeño como Comisionado de la CREE.
Instruir a la Secretaría General para que de conformidad con el artículo 3 Literal F romano XII de la Ley General de la Industria Eléctrica, proceda a publicar en la página web de la Comisión el presente acto administrativo.
Instruir a la Secretaría General y a las unidades administrativas de la CREE para que procedan a publicar el presente acto administrativo en el Diario Oficial “La Gaceta”.
Publíquese y Comuníquese. JOSÉ ANTONIO MORÁN MARADIAGA OSCAR WALTHER GROSS CABRERA GERARDO ANTONIO SALGADO OCHOA U D I-D EG T-U N AH
Leyes relacionadas
- Acuerdo No. CREE-27-2021 — Nombramiento de Comisionados del Directorio de la CREE (Decreto CREE-27-2021, 2021)
- Acuerdo No. CREE-028 — Reglamento del Servicio Eléctrico de Distribución (Decreto CREE-028, 2020)
- Acuerdo No. CREE-099 — Modificación del Reglamento de Servicio Eléctrico de Distribución (Decreto CREE-099, 2020)
- Acuerdo-Cree-053 — Este acuerdo de la CREE (2021-2024) aprueba las tarifas máximas de electricidad que la ENEE debe aplicar a partir de mayo 2020, ajustando los costos por la caída de precios del combustible y la pandemia COVID-19. Afecta a todos los usuarios de energía eléctrica en Honduras, permitiendo que se reflejen los costos reales de generación de forma más precisa. (Decreto 2021-2024, 2020)
- Decreto No. 125-2020 mediante el cual se establece la Estrategia Técnico-Operacional para la Reapertura Gradual y Condicionada de las Fronteras Terrestres — Este decreto autoriza la reapertura gradual y controlada de las fronteras terrestres de Honduras con requisitos de prueba COVID-19 negativa (PCR, prueba rápida o antígeno) realizada máximo 72 horas antes de entrar al país, mascarilla obligatoria, y pre-registro online. Afecta a nacionales y extranjeros que deseen ingresar o salir del país, con el propósito de reactivar el comercio terrestre internacional mientras se protege la salud pública. (Decreto 125-2020, 2020)