PCM No. PCM-017-2020 — Programa Presidencial Crédito Solidario adscrito a SENPRENDE
Presidencia de la República en Consejo de Secretarios de Estado
- Decreto: PCM-017-2020
- Publicación: 19 de marzo de 2020
- Órgano emisor: Presidencia de la República en Consejo de Secretarios de Estado
- Gaceta: 35,204
Considerandos
Que de conformidad al Artículo 245 numerales 2 y 11 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado y entre otras atribuciones le corresponde dirigir la política general del Estado y representarlo.
Que es función del Estado velar por el desarrollo equilibrado de todos los sectores de la producción y crear condiciones en igualdad de oportunidades para la mejoría económica de los ciudadanos.
Que el Gobierno de la República, ha establecido como sus prioridades en el marco del Plan de Todos para una Vida Mejor: La Búsqueda de la Paz y Erradicación de la Violencia; la Generación de Empleo, Competitividad y Productividad; el Desarrollo Humano, la Reducción de Desigualdades y Protección Social; así como la Transparencia y Modernización de el Estado.
Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-05-2015, publicado en fecha 3 de marzo del 2015 en La Gaceta número 33,672, se crea el “PROGRAMA PRESIDENCIAL CRÉDITO SOLIDARIO” que será conocido como: “TU BANCA SOLIDARIA”, para promover la economía social, facilitando crédito solidario con asistencia técnica a microempresarios que no han tenido acceso a préstamos en el sistema bancario.
Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-070-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, en la edición No 34,802, se reformó el Decreto Ejecutivo No PCM-05-2015. U D I-D EG T-U N AH ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-34-2019, publicado en fecha 18 de julio del 2019 en La Gaceta número 34,999, se crea el Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE), como una entidad Desconcentrada de la Presidencia de la República, con personalidad jurídica, independencia técnica, administrativa y financiera, responsable de la aplicación de la normativa de la micro, pequeña y mediana empresa, desarrollo del emprendimiento, de las empresas del Sector Social de la Economía y la innovación, así como los programas financieros de acceso al financiamiento asociados a estos sectores.
Que el Programa Presidencial Crédito Solidario, se adscribió al Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE), mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-34-2019, publicado en fecha 18 de julio del 2019 en La Gaceta número 34,999, siendo necesario mantener su operatividad, para la contribución al cumplimiento de los pilares de acceso al crédito como parte esencial de la estrategia de inclusión financiera.
Articulos
El Programa Presidencial Crédito Solidario, también conocido como “Tu Banca Solidaria”, queda adscrito a la Rectoría Estratégica del Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE), y es delegado como el ente ejecutor para promover la economía social, facilitando crédito solidario con asistencia técnica a microempresarios que no han tenido acceso a préstamos en el sistema bancario. Quedando los Decretos Ejecutivos y demás normativas del Programa Presidencial Crédito Solidario vigentes para mantener su operatividad y funcionamiento.
Reformar los Artículos 3, 6, y 8 del Decreto Ejecutivo número PCM-005-2015, publicado el tres (3) de Marzo en la edición No. 33,672, y sus reformas, los cuales deben leerse así: “ARTÍCULO 3.- FIDEICOMISO. Autorizar a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social (SEDIS) U D I-D EG T-U N AH y a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que en representación del Gobierno de Honduras suscriban un Convenio de Fideicomiso con el Banco Central de Honduras (BCH), con el objetivo de administrar los recursos que serán destinados para el PROGRAMA PRESIDENCIAL CRÉDITO SOLIDARIO. Los fondos del Fideicomiso, que se crea mediante este Decreto, deben ser utilizados para la promoción de autoempleo a través de asistencia técnica y asesoría empresarial por los CDE-MIPYME y crédito social bajo el esquema de asociatividad para sectores que no tienen acceso al Sistema Financiero Nacional, buscando crear un fondo revolvente con el pago de los créditos otorgados. Los fondo que conforman el patrimonio del Fideicomiso señalado en este Artículo, provienen de las transferencias del Fideicomiso de Administración del Fondo para el Fomento de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FO MIPYME). Por un monto de al menos Treinta Millones de Lempiras (L30,000,000.00). El presente fideicomiso debe contar con un Comité Técnico Administrativo, integrado por los siguientes miembros:
- a)
Un representante de Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE), quien lo preside, con voz y voto;
- b)
Un representante de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, con voz y voto;
- c)
Un representante de la Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social, con voz y voto; y,
- d)
El Director del Programa Presidencial “Crédito Solidario, quien debe ejercer las funciones de Secretario con voz”. “ARTÍCULO 6.- DIRECCIÓN DEL PROGRAMA.- El Programa Presidencial “Crédito Solidario”, debe estar a cargo de un Director, nombrado por el señor Presidente de la República, quien es el responsable de cumplir los objetivos del programa y además es quien ostenta la representación legal del Programa”. “ARTÍCULO 8.- ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES.- Son atribuciones y obligaciones de la Dirección del Programa Presidencial “Crédito Solidario, las siguientes: a) Dar cumplimiento a los objetivos estratégicos establecidos y priorizados por Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE); b)Aprobar reglamentos, políticas institucionales, productos financieros y mecanismos para habilitar el crédito, así como manuales que sean U D I-D EG T-U N AH necesarios para una ejecución eficiente, eficaz y transparente; c) Aprobar políticas de crédito que den prioridad a los beneficiarios que muestren un comportamiento crediticio favorable, permitiéndoles elevar el techo para nuevos créditos hasta en un cien por ciento (100%) en relación al monto del crédito anterior cumplido exitosamente; d) Los procedimientos de control interno y supervisión de las operaciones del Programa que aseguren la transparencia en el uso de los recursos; e) Selección y contratación del personal necesario para el buen funcionamiento del Programa Presidencial; f) Asegurar el cumplimento de los objetivos del Programa en concordancia a lo establecido en el presente Decreto y demás normativa relacionadas al Programa; g) Suscribir Convenios de Cooperación, Acuerdos y Contratos con instituciones, organismos nacionales vinculados al acceso al crédito, asistencia técnica y relacionada con el desarrollo de sus funciones; h) La administración de los recursos, suscribir contratos de suministros de bienes, obras o servicios u otros permitidos por las leyes del Programa Presidencial “Crédito Solidario; i) Presentar al Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE), informes de gestión de inversiones, cartera y cumplimiento de objetivos estratégicos priorizados por éste; y, j) Cualquier disposición que sea necesaria para cumplir eficazmente con los objetivos del Programa Presidencial Crédito Solidario y aquellos establecidos por el Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE).
En todos los actos administrativos, contratos, convenios y cualquier otro documentos que tengan relación con los objetivos del Programa Presidencial denominado “Crédito Solidario”, en donde figure el nombre de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, a partir de la vigencia del presente Decreto Ejecutivo, se debe entender como Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE).
Autorizar al Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE), a realizar las gestiones correspondientes para suscribir adenda al Contrato de fideicomiso entre la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social (SEDIS) y el Banco Central de Honduras (BCH), para manejo de Fondos del Programa Presidencial de Crédito Solidario, a fin de adecuar el mismo con lo establecido en el presente Decreto Ejecutivo. U D I-D EG T-U N AH
Derogar el Artículo 7 del PCM-005- 2015, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, en fecha 3 de Marzo del 2015, en la edición No. 33,672, y sus reformas.
El presente Decreto Ejecutivo entra en vigor después de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Casa Presidencial, Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los once (11) días del mes de Marzo del año dos mil veinte (2020). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL U D I-D EG T-U N AH MARÍA ANTONIA RIVERA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA U D I-D EG T-U N AH ELVIS YOVANNI RODAS FLORES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO NELSÓN JAVIER MARQUEZ EUCEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) GABRIEL ALFREDO RUBÍ PAREDES SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES ________ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del con tenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito U D I-D EG T-U N AH (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.