Acuerdo Ministerial No. 005-2020 — Declaración de Nulidad del Acuerdo Ministerial 069-2019 - Derechos Arancelarios de Importación
Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
- Decreto: 005-2020
- Publicación: 25 de enero de 2020
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
- Gaceta: 35,158
Considerandos
Que es competencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, la formulación y ejecución de políticas relacionadas con los mecanismos internos de comercialización de bienes y servicios, en coordinación con las demás instituciones relacionadas. U D I-D EG T-U N AH
Que mediante Decreto Legislativo No. 222-92 de fecha 10 de diciembre de 1992, el Congreso Nacional aprobó el Protocolo de Adhesión de Honduras al Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, en la cual se delega la atribución a la Secretaría de Economía y Comercio, actualmente Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, como la encargada de dirigir la política nacional en todo lo relacionado con la aplicación del referido Convenio.
Que el artículo 34 literal C) de la Ley de Procedimiento Administrativo, establece: Sin perjuicio de lo establecido en leyes especiales, el acto administrativo es nulo, en los siguientes casos: a) …. b) …. c) Los dictados prescindiendo total y absolutamente del procedimiento establecido.
Que el artículo el 60 de la Ley de Procedimiento Administrativo, establece: El procedimiento podrá iniciarse: a) De oficio, por mandato del órgano competente bien por propia iniciativa o como consecuencia de una orden del superior jerárquico inmediato, noción razonada de los subordinados o denuncia; o, b) A instancia de persona interesada.
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimiento Administrativo, establece: Salvo disposición legal en contrario, la anulación producirá efecto desde la fecha del acto anulado; la revocación y la modificación desde su fecha.
Articulos
Declarar LA NULIDAD del Acuerdo Ministerial 069-2019, de fecha 06 de agosto de 2019, donde se modifican temporalmente los Derechos Arancelarios de la Importación (DAI).
La presente Nulidad tiene efecto a partir de la fecha de emisión del Acuerdo Ministerial 069-2019, de fecha 06 de agosto de 2019, publicado en el Diario Oficial LA GACETA 16 de agosto del 2019.
Notificar el presente Acuerdo a la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), a efecto de que haga del conocimiento del Consejo de Ministros de Integración Económica Centroamericana.
Remitir el presente Acuerdo a la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS), para que proceda conforme a sus competencias.
El presente Acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación, debiendo ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. MARIA ANTONIA RIVERA Encargada de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaría General U D I-D EG T-U N AH (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. 1) DECRETA: ARTÍCULO 1.- Reformar los Artículos 5, 6 y 7 de la Ley que crea el Servicio Nacional de Emprendimiento y de Pequeños Negocios (SENPRENDE), contenida en el Decreto Ejecutivo Número PCM-034-2019, emitido el 5 de julio del 2019, por el Presidente Constitucional de la República, en Consejo de Secretarios de Estado, los cuales deben leerse así: TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: U D I-D EG T-U N AH
Leyes relacionadas
- Acuerdo Ministerial No. 151-2020 — Prórroga de determinación de precios máximos de venta de productos de Canasta Básica Alimentaria Esencial — Este acuerdo prorroga por un mes los precios máximos de productos básicos de alimentación (como arroz, frijoles, aceite) en Honduras durante la emergencia sanitaria. Afecta a vendedores y beneficia a consumidores, especialmente los más pobres, evitando que aumenten injustificadamente los precios. La Dirección de Protección al Consumidor debe vigilar su cumplimiento y sancionar a quienes violen estos precios. (Decreto 151-2020, 2020)
- Acuerdo Ministerial No. 046-2020 — Establecimiento de Precio Máximo de Venta de Productos de la Canasta Básica Alimentaria Esencial — Este acuerdo establece precios máximos para productos básicos de alimentación (como arroz, frijoles, aceite) en todo Honduras durante la emergencia sanitaria del COVID-19. Busca evitar que comerciantes suban injustificadamente los precios y protege a los consumidores, especialmente a los más pobres. La medida tiene vigencia de un mes, prorrogable, y se sanciona a quienes no la cumplan. (Decreto 046-2020, 2020)
- Acuerdo Ministerial No. 018-2020 — Establecer precio máximo de productos al consumidor final y materia prima para gel antibacterial — Este acuerdo establece precios máximos para el gel antibacterial y sus materias primas en todo Honduras durante la emergencia del COVID-19. Protege a los consumidores evitando que los comerciantes suban los precios de forma abusiva. La medida tiene vigencia de un mes, prorrogable mientras persista la emergencia sanitaria. (Decreto 018-2020, 2020)
- Acuerdo Ministerial No. 030-2020 — Determinación de precios máximos de venta de mascarillas, gel antibacterial y alcohol etílico (Decreto 030-2020, 2020)
- Acuerdo Ministerial No. 032-2020 — Creación del Equipo Técnico de Alto Nivel de la Secretaría de Desarrollo Económico (Decreto 032-2020, 2020)