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30 de octubre de 2017Vigente

Decreto Ejecutivo No. PCM-072-2017 — Reforma del Decreto Ejecutivo PCM-069-2017 y Declaración de Estado de Emergencia Nacional

Poder Ejecutivo

  • Decreto: PCM-072-2017
  • Publicación: 30 de octubre de 2017
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Gaceta: 34,478

Considerandos

Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 2, 11, 19 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República, entre otras atribuciones: Dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley, así como administrar la Hacienda Pública.

Que de acuerdo con el Artículo 11 de la Ley General de Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Secretarios de Estado.

Que la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo, contenida en el Decreto Legislativo número 151-2009, publicado en el Diario Oficial de la República “La Gaceta” de fecha 26 de diciembre del 2009, establece que: El titular del Poder Ejecutivo es la máxima autoridad del sistema de gestión de riesgo (SINAGER) y en cualquier momento puede asumir ese cargo, aun cuando lo haya delegado formalmente.

Que en base al Artículo 29 de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo, en los casos U D I-D EG T-U N AH de emergencia, el Consejo de Ministros, presidido por el Presidente de la República, se convierte automáticamente en el Gabinete de Manejo de Crisis.

Que según informe elaborado por la Comisión Permanente de Contingencias (COPECO), a partir del 25 de octubre del 2017, se incrementaron las precipitaciones en los departamentos de Cortés,Atlántida, Yoro, Colón, Islas de la Bahía, Gracias a Dios, afectando en dos días a todo el territorio nacional.

Que el informe antes mencionado establece que la precipitaciones podrían oscilar dentro del rango de los 200 a 300 milímetros de lluvia acumulada por día, lo que ha ocasionado graves daños a las viviendas de varios ciudadanos evacuando hasta el momento un aproximado de 3,500 personas, daños también a la infraestructura vial y pérdidas en las cosechas.

Que el Artículo 9 de la Ley de Contratación del Estado determina, que la declaración de estado de emergencia a causa de desastres naturales, se hará mediante Decreto del Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado.

Articulos

Articulo 1.-

Reformar el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo número PCM-069-2017, publicado en el Diario Oficial de la República “La Gaceta”, en fecha 25 de octubre, 2017, Gaceta número 34,474, el cual debe leerse así: “ARTÍCULO 1.- Declarar estado de emergencia en todo el territorio nacional debido a la presencia de sistemas climatológicos adversos, de acuerdo a los informes emitidos por la Comisión Permanente de Contingencias (COPECO)”.

Articulo 2.-

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintiocho (28) días del mes octubre del año dos mil diecisiete (2017). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA U D I-D EG T-U N AH JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO DE ESTADO DE LA PRESIDENCIA CLARISA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, POR LEY JOSÉ ISAIAS BARAHONA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, POR LEY MIGUEL ANTONIO ZÚNIGA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL, POR LEY ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS, POR LEY JULIÁN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD FREDY DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA DELIA RIVAS LOBO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD U D I-D EG T-U N AH RUTILIA DEL SOCORRO CALDERÓN SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUNES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS CARLOS M. BORJAS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, POR LEY Poder Legislativo decreto No. 100-2017