Vigente
Decreto No. 068-2016 | 12 de agosto de 2015 | Poder Ejecutivo

Decreto Ejecutivo PCM-068-2016 mediante el cual se continúa la atención de la emergencia forestal por el ataque de la plaga del gorgojo descortezador del pino

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Resumen

Este decreto autoriza la transferencia de 129 millones de lempiras al Instituto Nacional Forestal (ICF) para continuar las acciones de emergencia contra la plaga del gorgojo del pino. Los fondos se utilizarán para prevenir incendios, controlar la plaga, generar empleos mediante "Chamba Comunitaria" y restaurar los bosques dañados en Honduras.

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con el Artículo 11 de la Ley General de Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la Suprema Dirección y Coordinación de la Admmisti'ación Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus íimciones, actuar por si o en Consejo de Ministros. CONSIDERANTÍO: Que correspotide al PoderEjecuti\ por medio del Instituto Nacional de Conservación y Desarrol lo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), las fiinciones de prevención, vigilancia, localización y control de incendios, y enfermedades que pudieran afectar los recursos forestales. C O N S I D E R A N D O : Que es obligación del (nstitulo Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal. Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), promoveré] uso múltiple de las áreas forestales y fomentar su aprovechamiento en fomia sostenible, velando por su conservación de manera armónica con las aguas y los suelos. SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODEREJECUTIVO Decretos Ejecutivas Nos.: Pavl-068-2016 v PCM-069-2016. A . 1-8 S E C R E X ^ R Í A D E DERECTH XS HLTVIANOS, JÜSTÍ CL4, G O B E R N A C I Ó N y DESCENTRA! l / A C I Ó N Resolución No. 48-2016,8(K)-2016 A. 9-15 A V A N C I A. 16 Sección B Avisos Legales Desprendibie para su comodklÉKJ
  2. 2.Que el Presidente de la República en Consejo de Ministros, emitíó el Decreto Ejecutivo No. PCM 051-2015, publicado el 12 de agosto del 2015, declarando emergencia forestal por el ataque de la plaga del gorgojo descortezador del pino a nivel nacional, debiendo el Comité Nacional de Protección Forestal (CONAPROFOR) determinar el cese de dicíia emergencia una vez que se haya contiolado la misma y poniendo a disposición del ICF las acciones para el control del avance de dicha plaga. C O N S I D E R A N D O : Que mediante P C M 03-2016. pub iicado el Diario Oficial "La Gaceta" del 13 de enero 2016, se declaró Emergencia Nacional para la extracción, uso y aprovechamiento de los productos y subproductos forestales Sección A Acucrttos v Lcyc REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGLCIGALPA, M . D. C , 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2016 No. 34,14V resultantes de las acciones de control de la plaga del gorgojo descortezador del pino. C O N S I D E R A N D O : Que con ei fin de liberal las áiea, plagadas y controladas de material combustible que pudieran desencadenar incendios en la época de verano, es necesario continuar desaiToilando las actividades de prevención y control de incendios forestales y restauración de las áreas plagadas procurando la generación de empleo, desarrollando obras socialet coraunitaiias, reactivando la industria forestal y energética. C O N S I D E R A N D O : Que las acciones para la atenciór Emergencia Forestal por el ataque de la plaga del gorgojo descortezador del pino a nivel nacional, se han estructurado en las siguientes etapas: 1) Control del avance de la Plaga, 2) Prevención y Control de Incendios Forestales, 3) Extracción de los productos y subproductos forestales resultantes de las acciones de control; y, 4) Restauración de las áreas afectadas por la plaga. Para cada ima de las etapas se ha diseñado un Plan con acción es y presupuesto claiamente definido, los cuales se deben implementai en su totalidad, con el finde evitar mayores daños y recuperar las áreas afectadas.
  3. 3.Que el ICF no dispone de los fondos suficientes para la iraplementación total de los planes de cada unas de las etapas para la atención de la emergencia por el ataque del gorgojo de pino. C O N S I D E R A N D O : Que a través del Decreto Ejecutivo PCM-04-2015 se creó el Programa de Empleo "Chamba Comunitaria" que tiene como obj etivo proporcionar apoyo alas personas en situación de desempleo y mediante el cual se han empleado miles de hondurenos para ejecutar las actividades de contiol y cuidado en las áreas plagadas por el gorgojo descortezador del pino.
  4. 4.Que el Estado por razones de orden público e interés social está obligado a invertii- en la conservación de los recursos forestales, para garantizar a la sociedad la disponibilidad de biaies y servicios ambientales, simdo el bosque de pino el recuiso natural económico más importante con que cuenta el país y un ecosistema único y nativo de Honduras, en consecuencia es imprescindible tomar medidas que contribuyan a la sostenibihdad del mismo en términos cualitativo y cuandtatívos. P O R T A N T O ; En aplicación de los artículos 1,12,172.294, 296,340 y 341 de la Constimdón de la República; M , 116,117 y 119 de la Ley General de la Adininistración Pública y su reforma, mediante Decreto Legislativo 266-2013; 1,2,3,8,9,18,19,20,27,28, 135, 140, 144, 145,146, 147y 211 de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre; 9 y 63 numeral l ) de la Ley de Contratación del Estado; Decretos Ejecutivos PCM-051 -2015, PCM-04-2016, PCM-017-2016 y PCM 03-2016 y demás aplicables. D E C R E T A :

Articulos

Articulo 1

Autorizar al Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA), para que en el marco de la vigente Emergencia Nacional Forestal, declarada mediante los Decretos I^a faceta DECANO DE LA PRENSA HONDURENA PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUSLICAOONES UC. UfiRTHK AUCIA GARtíA GerailaGanefal JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinadof y Supervisof E.M.A.S. Cobnia Mirafíores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-495S AdmlnislraciOT: 2230-3026 Ptaiila: 2230-S767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL Secdü» A Acucrdus v Leyes - TEGUCIGALPA, M. I ) . C ., 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2016 No. 34,149 1^1^^^ K E P M K L I C A D E H O N D U R A S Ejecutivos PCM-051 -2015 y PCM -03-2016 y en virtud de sei un proyecto priorizado por la Presidencia de la República, transfiera, directa e inmediatamente, fondos hasta por la cantidad de CIENTO VEINTLNTJEVE M I L L O N E S QUINIENTOS SETENTA V CUATRO MILSETECIENTOSLEiVIPIRAS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ( L . 129,574,700.74), al Instituto Nacional de Conser\'ación y Desarrollo Forestal, Areas Protegidas y Vida SJK'estre (ICF), los cuales debe utilizar para la generación de empleo, la contratación de la mano de obra, sei^vicios personales, no personales, pagos pentiientes y compra de materiales y suministros para el desarrollo continuo de las actividades correspondientes a todas las etapas de los Planes de Prevención y Combate de Incendios Forestales, Control de la Plaga del Gorgojo Descortezador del Pino y Restauración del Bosque.

Articulo 2

La Secretaiía de Trabajo y Seguridad Social (STSS), por medio del Programa "Chamba Comunitaila", conforme a lo establecido en el Decreto Ejecutivo No. PCM 04- 2015 y en coordinación con el ICF, contratará el personal necesario para ejecutar las acciones previstas en los planes para las etapas de prevención y control de incendios y restauración de las áreas afectadas por el gorgojo del pino.

Articulo 3

El ICF deberá continuar ejecutando en su totalidad las etapas de los Planes de Prevención y Combate de Incendios Forestales, Control de la Plaga del Gorgojo Descortezador del Pino y Restauración del Bosque", para lo cual utilizatá los recursos indicados en el articulo primero del presente Decreto.

Articulo 4

El ICF será responsable de adminisnar, ejecutar y liquidar la total itiad de los fondos que le sean trasferidos para la ejecución del presente Decreto Ejecutivo ante el FINA y las demás instituciones que por Ley correspondan, para lo cual designará a la Unidad Ejecutora coirespondiente. . 4 R T Í C L T J O 5.- Para la ejecución de los fondos identiticados en el presente Decreto, se autoriza al ICF para que siga los procesos administrativos de contratación y compra directa para los casos de emergencia establecidos en la Ley de Contratación del Estado, de lo cual será responsable. . 4 R T Í C U L O 6.- El presente Decreto entrará en vigencia a pal tir de la tedia de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, primei- dia del mes de sepdetnbre de! año dos mil dieciséis (2016). C O M U N Í Q l l í S E Y P U B L Í Q U E S E . J U A N O R L A N D O H E R N Á N D E Z A L V , \ R , \ D O PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE L A REPÚBLICA. J O R G E R A M Ó N H E R N Á N D E Z A L C E R R O .SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERALDE GOBIERNO RELN A L D O A N T O N I O S Á N C H E Z SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA ( L E O N E L A Y A L A SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICL\ GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN Twm • i r a f R ! ™ R E P Ú B U C A DE HONDURAS - TEtiULTÜALPA. M. D. C , 28 DE S E P T I E M B R E DEL 2016 No. 34,149 MARÍA D O L O R E S AGÜERO E D N A Y O L A N I B A T R E S SECRETARIA D E ESTADO EN LOS DESPACHOS D I RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN SECRETARIADE ESTAEK) E N EL DESPACHO D E SALUD M A R L O N O N I E L E S C O T O V A L E R I O INTERNACIONAL, POR LEY SECRETARIADE ESTAEK) E N EL DESPACHO D E SALUD M A R L O N O N I E L E S C O T O V A L E R I O R I C A R D O L E O N ' E L C A R D O N A SECRETARIO DE ESTADO E N ELDESPACHO D E SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS D t EDUCACIÓN DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL A R N A L D O C A S T I L L O SECRETARIO DE ESTADO E N EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO C A R L O S M A D E R O SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESP.ACHOS D E TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL R O B E R T O A N T O N I O ORDÓÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS J A C O B O P A Z B O D D E N SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA J O S É A N T O N I O G A L D A M E S JULLÍN P A C H E C O SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS D E SECRETARIO DE ESTADO E N ELDESPACHO DE SEGURIDAD ENERGÍA, RECURSOS N.ATUTIALES,.AMBIENTEY M I N A S S A M U E L R E Y E S W I L F R E D O C E R R A T O SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO D E DEFENSA FINANZAS

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