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28 de septiembre de 2017Vigente

Decreto Ejecutivo No. PCM-063-2017 — Reforma del Decreto Ejecutivo PCM-047-2016 relativo al Proyecto de Fideicomiso

Presidencia de la República / Consejo de Secretarios de Estado

  • Decreto: PCM-063-2017
  • Publicación: 28 de septiembre de 2017
  • Órgano emisor: Presidencia de la República / Consejo de Secretarios de Estado
  • Gaceta: 34,454

Considerandos

Que de conformidad al Artículo 245 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente Constitucional de la República la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la de emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.

Que conforme a las disposiciones legales contenidas en la Ley Orgánica de Presupuesto y de la Ley General de la Administración Pública, corresponde al Presidente de la República, por conducto del Consejo de Secretarios de Estado, aprobar el presupuesto de todas las instituciones del Poder Ejecutivo, previo su remisión y aprobación por el Congreso Nacional.

Que el Poder Ejecutivo mediante Decreto Ejecutivo PCM-062-2013 del 19 de diciembre de 2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” del 26 de diciembre de 2013, aprobó el Contrato de Fideicomiso para la Administración del Proyecto “ ” celebrado entre el Estado de Honduras por medio de COALIANZA y Banco LAFISE (Honduras), S.A., el cual además instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para que efectúe las transferencias presupuestarias necesarias al Fideicomiso.

Que el Congreso Nacional mediante Decreto Legislativo número 307-2013 del 13 de enero de 2014, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” del 12 de mayo de 2014, aprobó el Contrato de Fideicomiso para la Administración del Proyecto “ ” celebrado entre el Estado de Honduras por medio de COALIANZA y Banco LAFISE (Honduras), S.A., ratificando y aprobando la instrucción dada por el Poder Ejecutivo para que las instituciones que se adhieran al fideicomiso creado realicen las reservas presupuestarias correspondientes al pago de arrendamientos de los edificios; para que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas efectúe las transferencias de los recursos financieros, presentes y futuros, para financiar los gastos de arrendamiento, servicios públicos, seguridad, limpieza, mantenimiento y otros, al Fideicomiso aprobado.

Que mediante Decreto 001-2015 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” edición 33,625 en fecha 7 de Enero del 2015, establece en el Título II: Simplificación y Beneficios, Capítulo I: De la Declaratoria de Interés y Prioridad Nacional,Artículo 3, que en aplicación de los Artículo S 32, 40 y 49 de la Ley de Promoción y Protección de Inversiones contenida en el Decreto 51-2011 del 3 de mayo de 2011 y publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” del 15 U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 de julio de 2011 y sus reformas, se declara de interés nacional y prioritario el proyecto de inversión denominado “ ”.

Que la atracción, promoción y protección de la inversión, nacional y extranjera, en el Proyecto denominado “ ” celebrado entre el Estado de Honduras, por medio de COALIANZA y Banco LAFISE (Honduras), S.A., en su condición de fiduciario, es de interés primordial para el Estado de Honduras, para lo cual debe otorgársele todas las facilidades y garantías para fomentar su desarrollo y ejecución; debiéndose además regular los procesos en las etapas de ejecución, desarrollo y administración de las obras y servicios públicos, potenciando la capacidad de inversión del proyecto.

Que debido a la fecha en que se aprobó el Decreto Ejecutivo PCM-001-2015 del 5 de enero de 2015, mediante el cual de conformidad con las estipulaciones del Contrato de Fideicomiso suscrito con Banco LAFISE, se designa a las dependencias del Poder Ejecutivo que mantienen oficinas en el municipio del Distrito Central y que formarán parte del Proyecto denominado “ ”, de conformidad con la clasificación en el Sistema de Administración Financiera (SIAFI) así como el manejo de partidas presupuestarias y transferencia a Banco LAFISE.

Que el 23 de febrero de 2015, el Gobierno de la República de Honduras, actuando a través de COALIANZA conjuntamente con el Fiduciario, convocar on el Concurso Público Internacional para la Adjudicación de un Contrato de Alianza Público Privada para la Prestación de los Servicios y el Diseño, Financiamiento, Demolición, Construcción, Equipamiento, Operación, Explotación y Mantenimiento de las Instalaciones, relacionados con el , en el municipio del Distrito Central de la República de Honduras.

Que el 01 de febrero de 2016, como resultado del Concurso Público Internacional referido en el considerando anterior,se adjudicó el Contrato para la Prestación de los Servicios y el Diseño, Financiamiento, Demolición, Construcción, Equipamiento, Operación, Explotación y Mantenimiento de las Instalaciones, relacionados con el , en el municipio del Distrito Central de la República de Honduras al Inversionista Operador Privado GIA+A S. de C.V., y el 20 de abril de 2016 se inició la firma de dicho contrato entre la Secretaría de Finanzas, COALIANZA, el Fiduciario y el Inversionista Operador Privado.

Que la Ley de Promoción de la Asociación Público Privada aprobada mediante Decreto 143- 2013, en su Artículo 3.- Principios, define en el literal a) Seguridad jurídica como principio que reconoce la finalidad del Derecho en las relaciones público-privadas que surjan como producto de la presente Ley; y literal g) Sostenibilidad económica y financiera de los proyectos de participación público privada.

Que el adjudicatario optó por el Financiamiento engrapado ofrecido en el Pliego de Condiciones del Concurso, a fin de proteger la posible participación de los Institutos de Previsión y otros eventuales financistas participantes en el mismo.

Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM 047-2016 de fecha 27 de Junio del año 2016 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” edición Número 34,094 en fecha 25 de Julio del 2016, se establece el U D I-D EG T-U N AH mecanismo de validación del Modelo Económico del Proyecto “ ” para el Cierre Financiero.

Articulos

Articulo 1.-

Reformar el último párrafo del Artículo 1 y el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo aprobado en Consejo de Secretarios de Estado PCM-047-2016, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 25 de julio del 2016, los cuales se leerán así: “ARTÍCULO 1.- De conformidad a los Artículos… En caso de requerir obras adicionales se estará a lo establecido en la sección 17.17.3 Obras de modernización no programadas del Contrato del Proyecto o bien en caso de requerirse un Ajuste de Cumplimiento TIR, se autoriza al Comité Técnico del Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA), a realizar las reservas y asignaciones necesarias al Proyecto por conducto de Banco LAFISE, S.A., en su condición de Fiduciario del Fideicomiso para la Administración del Proyecto “ ”. “ARTÍCULO 2.- Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo precedente el Inversionista Operador Privado debe remitir para su validación a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, a través de la Unidad de Contingencias Fiscales, el Modelo Económico Financiero validado por una firma auditora registrada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS)”.

Articulo 3.-

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial de la República “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiocho (28) días del mes de septiembre del dos mil diecisiete (2017). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA U D I-D EG T-U N AH HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL MIGUEL ANTONIO ZÚNIGA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA, POR LEY JULIÁN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD DELIA FRANCISCA RIVAS LOBO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD RUTILIA DEL SOCORRO CALDERÓN PADILLA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JACOBO ALBERTO PAZ BODDEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMEZ FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS U D I-D EG T-U N AH