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15 de febrero de 2019Vigente

Decreto Ejecutivo No. PCM-010-2019 — Asignación de recursos presupuestarios para COALIANZA en el ejercicio fiscal 2019

Poder Ejecutivo

  • Decreto: PCM-010-2019
  • Publicación: 15 de febrero de 2019
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Gaceta: 34,872

Considerandos

Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 numerales 2, 11 y 30 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República, dirigir la política general del Estado y Representarlo, emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley, dirigir la política económica y financiera del Estado, tomar las medidas que sean necesarias para el buen funcionamiento de los servicios públicos.

Que los Artículos 11 y 17 de la Ley General de la Administración Pública establecen que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada, Desconcentrada y Descentralizada, quien, en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República y las Leyes.

Que el Congreso Nacional mediante Decreto Legislativo No. 143-2010 de fecha 11 de agosto del 2010 aprobó la Ley de Promoción de la Alianza Público- Privada publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 16 de septiembre del 2010, con la finalidad de gestionar y regular los procesos de contratación que permitan la participación público- privada en la ejecución, desarrollo y administración de obras y servicios públicos, potenciando la capacidad de inversión en el país a fin de lograr el desarrollo integral de la población.

Que en el Artículo 11 de la Ley de Promoción de la Alianza Público-Privada, se crea la Comisión para la Promoción de la Alianza Público- Privada (COALIANZA), como un ente Desconcentrado de la Presidencia de la República, encargado de gestionar y promover los proyectos y procesos de las Alianzas Público- Privada (APP).

Que el Artículo 29 reformado mediante Decreto Legislativo No. 115-2014, de la Ley de Promoción de la Alianza Público-Privada, autoriza a la COMISIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA ALIANZA- PÚBLICO PRIVADA (COALIANZA), a realizar un cobro de hasta el dos por ciento (2%) del valor de cada proyecto autorizado al adjudicatario del mismo, en concepto de tasa por los servicios que presta, fondos que deben ser ingresados en la Cuenta Única de la Tesorería General de la República e incorporados al Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para luego ser destinados a financiar el presupuesto de COALIANZA.

Que deben adoptarse las medidas que aseguren la continuidad en la gestión y regulación de los procesos de contratación que permitan la participación público- privada en la ejecución, desarrollo y administración de obras y servicios públicos, potenciando la capacidad de inversión en el país, procurando el Poder Ejecutivo, en el marco de sus responsabilidades y atribuciones, garantizar el buen funcionamiento de dichos servicios públicos.

Que deben adoptarse las medidas que aseguren la continuidad en la gestión y regulación de los procesos de contratación que permitan la participación público- privada en la ejecución, desarrollo y administración de obras y servicios públicos, potenciando la capacidad de inversión en el país, procurando el Poder Ejecutivo, en el marco de sus responsabilidades y atribuciones, garantizar el buen funcionamiento de dichos servicios públicos.

Articulos

Articulo 1.-

Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) que del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el ejercicio fiscal 2019, asigne recursos presupuestarios del Tesoro Nacional para el pago de las obligaciones institucionales contraídas por la COMISIÓN PARA LA PROMOCIÓN DE LA ALIANZA-PÚBLICO PRIVADA (COALIANZA) para el funcionamiento de ésta, incluyendo las de índole laboral y que se encuentren pendientes a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto. Asimismo la SEFIN deberá asignar recursos presupuestarios del Tesoro Nacional para el funcionamiento de COALIANZA durante el Ejercicio Fiscal 2019, en tanto dicha institución no genere recursos provenientes del cobro por cada proyecto autorizado al adjudicatario del mismo, en concepto de tasa por los servicios que presta.

Articulo 2.-

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los catorce (14) del mes de febrero del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN MARÍA DOLORES AGÜERO LARA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN IN- TERNACIONAL REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ARNALDO CASTILLO FIGUEROA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO U D I-D EG T-U N AH ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESAPACHO DE DEFENSA NACIONAL ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ARNALDO BUESO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA ERNIE EMILIO SILVESTRI THOMPSON SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO U D I-D EG T-U N AH (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. 1) ACUERDA: PRIMERO: Dejar sin valor y efecto la Resolución CNA-029-2004 del 26 de agosto de 2004 y CNA-030-2004 del 04 de octubre de 2004. . TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”. Teléfono: 25-52-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: U D I-D EG T-U N AH