Decreto Ejecutivo No. PCM-007-2021 — Reforma al Artículo 12 del Decreto Ejecutivo PCM-141-2020 sobre continuidad de la Comisión para el Control de Inundaciones del Valle de Sula
Considerandos
- 1.Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 2, 11 y 29 de la Constitución de la República, le corresponde al Presidente de la República entre otras Atribuciones, dirigir la Política General del Estado y representarlo; emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley; y, adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes.
- 2.Que el Pacto Internacional de los derechos civiles y políticos establece que todos los ciudadanos gozarán del derecho a votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores.
- 3.Que de acuerdo a lo que establece el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones actuar por sí o en Consejo de Ministros.
- 4.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-122-2020, publicado en el Diario Oficial -- 33 of 620 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL “La Gaceta” en fecha 29 de noviembre del 2020, Edición No. 35,444, se prorrogó la restricción a nivel nacional de las Garantías Constitucionales establecidas en los Artículos 69, 78, 81 y 84 de la Constitución de la República emitidas mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-119-2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 22 de noviembre del 2020 Edición No. 35,437.
- 5.Que el Consejo Nacional Electoral, requiere la incorporación total de sus funcionarios y empleados para la preparación del inminente y próximo proceso electoral primario, cumpliendo con las medidas de bioseguridad determinadas por el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER) debido a la pandemia del Covid-19, en las Oficinas Gubernamentales y Centros de Atención al público.
Articulos
Articulo 1
Reformar el Artículo 3 del Decreto Ejecutivo Número PCM-119-2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 22 de noviembre del 2020 Edición No. 35,437, ratificado mediante Decreto Ejecutivo No. 122-2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 29 de noviembre del 2020, Edición No. 35,444, el cual se leerá de la manera siguiente:
Articulo 3
E X C E P C I O N E S A L O S FUNCIONARIOS DEL ESTADO. No están sujetos a las restricciones de Garantías Constitucionales los funcionarios y empleados de las siguientes Instituciones del Estado: 1) Los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia y los funcionarios y empleados del Poder Judicial, autorizados por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia; -- 34 of 620 -- 2) Los Diputados del Congreso Nacional; 3) Los Funcionarios y Empleados del Consejo Nacional Electoral; 4) Los Secretarios y Subsecretarios de Estado; 5) Casa Presidencial; 6) El Fiscal General de la República, el Fiscal General Adjunto y los funcionarios y empleados del Ministerio Público, autorizados por el Fiscal General de la República; 7) El Procurador General y Subprocurador de la República y los funcionarios y empleados de la Procuraduría General de la República, autorizados por el Procurador General; 8) Todos los integrantes miembros y empleados de las instituciones incorporados al Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER); 9) La Comisión Permanente de Contingencias (COPECO); 10) 911 de Honduras; 11) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno; 12) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud y el personal incorporado para atender la emergencia; 13) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y la Policía Nacional de Honduras; 14) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional y las Fuerzas Armadas de Honduras; 15) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN); 16) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico; 17) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; 18) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG); 19) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social; 20) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Derechos Humanos; 21) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP); 22) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (MIAMBIENTE); 23) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía; 24) Los funcionarios y empleados de la Secretaría de Educación; -- 35 of 620 -- 25) Titulares de las Instituciones Desconcentradas y Descentralizadas de la Administración Pública; 26) Magistrados del Tribunal Superior de Cuentas y el personal autorizado por el Magistrado Presidente; 27) Comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública y personal que trabaja en las labores de veeduría en el manejo de los recursos públicos en el marco de esta emergencia; 28) Miembros Propietarios y Alternos de la Junta Interventora del Registro Nacional de las Personas (RNP) y los funcionarios y empleados que estos autoricen; 29) Las Corporaciones Municipales de Honduras y los miembros de la Asociación de Municipios de Honduras (AMHON); 30) Gobernadores Departamentales; 31) Los miembros de la Comisión para la Defensa y Promoción de la Competencia; 32) Comité Nacional de Prevención Contra la Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes (CONAPREV); 33) Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH) y el personal que el Comisionado Nacional autorice; 34) personal autorizado por la Gerencia General de la Institución; 35) Dirección Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), personal autorizado por la Directora de la Institución; 36) Los funcionarios y empleados del Instituto de la Propiedad (IP); 37) Los funcionarios y empleados de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL); 38) Los funcionarios y empleados de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS); 39) Los funcionarios y empleados de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE); 4 0 ) L o s f u n c i o n a r i o s y e m p l e a d o s d e l Consejo Nacional Supervisor de Cooperativas (CONSUCOOP); 41) Los funcionarios y empleados del Instituto Nacional de Migración (INM); 42) Los funcionarios y empleados del Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT); 43) Los funcionarios y empleados del Banco Hondureño de la Producción y la Vivienda (BANHPROVI); 44) Los funcionarios y empleados del Banco Central de Honduras (BCH); 45) La Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA); 46) La Administración Aduanera de Honduras; 47) La Dirección General de la Marina Mercante; 48) La Empresa Nacional Portuaria (ENP); -- 36 of 620 -- 49) Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE); 50) Empresa Nacional de Telecomunicaciones (HONDUTEL); 51) Servicio Autónomo de Acueductos y Alcantarillados (SANAA); 52) Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria; 53) Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil; 54) Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP); 55) Instituto de Previsión del Magisterio; 56) Instituto de Previsión Militar; 57) Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras; 58) Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN); 59) Correo Nacional de Honduras (HONDUCOR); 60) Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA); 61) La Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO); 62) Programa de Crédito Solidario; y, 63) Otros funcionarios y empleados de Instituciones Públicas priorizadas según las Fases del Plan Nacional para Reapertura Gradual y Progresiva de la Economía y los Sectores Sociales de Honduras. Las Instituciones del Gobierno de la República que abran su atención a los ciudadanos, lo harán aplicando estrictas medidas de bioseguridad emitidas por el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER) y la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, aplicando turnos de la manera más conveniente para seguridad de sus empleados y de los ciudadanos.
Articulo 2
Se Autoriza al Consejo Nacional Electoral, la incorporación total de sus funcionarios y empleados para la preparación del inminente y próximo proceso electoral primario, cumpliendo con las medidas de bioseguridad determinadas por el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER) debido a la pandemia del Covid-19, en las Oficinas Gubernamentales y Centros de Atención al público (usuario).
Articulo 3
El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial de la República “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, al primer (01) día del mes de diciembre del año dos mil veinte (2020). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. -- 37 of 620 -- JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL ZOILA PATRICIA CRUZ CERRATO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL MARÍA ANTONIA RIVERA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD -- 38 of 620 -- ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN OLVIN ANIBAL VILLALOBOS VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA ELVIS YOVANNI RODAS FLORES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE MARCO ANTONIO MIDENCE MILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO NELSÓN JAVIER MARQUEZ EUCEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) MAX ALEJANDRO GONZALES SABILLON SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES MARIA ANDREA MATAMOROS SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA -- 39 of 620 -- Presidencia de la República