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25 de mayo de 2007Vigente

Código Procesal Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Publicación: 25 de mayo de 2007
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia
  • Versión:

Articulo 887

Código Procesal Civil de Honduras

Articulo 887.-

PROCEDIMIENTO APLICABLE. El pago de deudas garantizadas por prenda o hipoteca podrá exigirse judicialmente dirigiendo la pretensión de ejecución directa y exclusivamente contra los bienes pignorados o hipotecados. En caso de que el acreedor opte por esta ejecución se seguirán los trámites previstos para la ejecución de dinero y se aplicarán necesariamente las especialidades que se regulan en este capítulo.