Código Procesal Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Publicación: 25 de mayo de 2007
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
- Versión:
Articulo 719
Código Procesal Civil de Honduras
Articulo 719.-
CAUSALES DEL RECURSO. 1. Se podrá impugnar la aplicación e interpretación de las normas procesales que regulan: a) La jurisdicción, competencia genérica, objetiva, funcional, y la adecuación de procedimiento. b) Los actos y garantías procesales cuando su infracción suponga la nulidad o produjera indefensión. c) La forma y contenido de la sentencia. 2. Igualmente, se podrá impugnar la aplicación e interpretación de las normas de derecho empleadas para la solución de fondo del litigio.