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25 de mayo de 2007Vigente

Código Procesal Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Publicación: 25 de mayo de 2007
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia
  • Versión:

Articulo 602

Código Procesal Civil de Honduras

Articulo 602.-

DEMANDA Y DOCUMENTOS. En el caso de las pretensiones del numeral primero (1) del artículo anterior, la demanda debe acompañarse del documento en que conste fehacientemente la sucesión mortis causa a favor del demandante, así como la relación de los testigos que puedan declarar sobre la ausencia de poseedor a título de dueño o usufructuario.

Notas

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