Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
25 de mayo de 2007Vigente

Código Procesal Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Publicación: 25 de mayo de 2007
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia
  • Versión:

Articulo 448

Código Procesal Civil de Honduras

Articulo 448.-

INTENTO DE CONCILIACIÓN. 1. Abierta la audiencia preliminar el juez instará a las partes a lograr un arreglo en relación con la pretensión deducida en el proceso, advirtiéndoles de los derechos y obligaciones que pudieran corresponderles. 2. Asimismo, sin prejuzgar el contenido de la eventual sentencia, podrá proponer alguna solución al conflicto o fórmulas de arreglo entre las partes. 3. Si las partes no hubiesen llegado a un acuerdo o no se mostrasen dispuestas a concluirlo de inmediato ni aceptasen la propuesta del juez, la audiencia continuará según lo previsto en los artículos siguientes. 4. Si el acuerdo alcanzado fuera parcial, se ordenará lo procedente, continuando la audiencia preliminar.

Notas

Cargando…