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25 de mayo de 2007Vigente

Código Procesal Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Publicación: 25 de mayo de 2007
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia
  • Versión:

Articulo 405

Código Procesal Civil de Honduras

Articulo 405.-

ÁMBITO DE APLICACIÓN. 1. Todo proceso podrá prepararse pidiendo el futuro demandante, o quien con fundamento prevea que será demandado, la práctica de las diligencias necesarias para la presentación de la demanda, para la preparación de la defensa, o para el eficaz desarrollo del procedimiento. 2. Las diligencias preparatorias practicadas perderán su eficacia si el solicitante no interpone la correspondiente demanda en el plazo máximo de un (1) mes, no pudiendo ser invocadas.

Notas

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