Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 2213
Articulo 2213.-
La comunidad de bienes, en defecto de contrato o disposiciones especiales, se regla por las prescripciones siguientes.