Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 2155
Articulo 2155.-
La consignación de la cantidad debida, hecho por el deudor a la orden del acreedor, extingue la hipoteca en cuanto tuviere fuerza de pago.