Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 1677
Articulo 1677.-
La permuta es un contrato en que las partes se obligan mutuamente a dar una especie o cuerpo cierto en cambio de otro.