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27 de febrero de 2013Vigente

Código Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Decreto: 76-1906
  • Publicación: 27 de febrero de 2013
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia

Articulo 1641

Código Civil de Honduras

Articulo 1641.-

Si el vendedor no opone medio alguno de defensa, y se allana al saneamiento, podrá el comprador sostener por si mismo la defensa; Y si es vencido, no tendrá derecho para exigir del vendedor el reembolso de las costas en 287 que hubiere incurrido defendiéndose, ni el de los frutos percibidos durante dicha defensa y satisfechos al dueño.