Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 1620
Articulo 1620.-
El vendedor está obligado a la entrega y saneamiento de la cosa objeto de la venta. SECCIÓN SEGUNDA DE LA ENTREGA DE LA COSA VENDIDA