Código Civil de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 76-1906
- Publicación: 27 de febrero de 2013
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Categoria: Civil y Familia
Articulo 1562
Articulo 1562.-
Pueden ser objeto de contrato todas las cosas que no están fuera del comercio de los hombres, aun las futuras.