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27 de febrero de 2013Vigente

Código Civil de Honduras

Congreso Nacional

  • Decreto: 76-1906
  • Publicación: 27 de febrero de 2013
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Categoria: Civil y Familia

Articulo 1186

Código Civil de Honduras

Articulo 1186.-

Los efectos de la aceptación o repudiación de una herencia, se retrotraen al momento en que esta haya sido deferida. Otro tanto se aplica a los legados de especies. CAPÍTULO II REGLAS PARTICULARES RELATIVAS A LAS HERENCIAS