Aviso No. 2023-3550 — Solicitud de registro de marca de fábrica - BUPROXIN - Antidepresivos
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2023-3550
- Publicación: 17 de octubre de 2024
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 36,666
- Categoria: Mercantil
Texto completo
Número de Solicitud: 2023-3550 Fecha de presentación: 2023-06-02 Fecha de emisión: 19 de febrero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR Solicitante: LUMINOVA PHARMA CORPORATION GmbH Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza.
- B)
PRIORIDAD:
- C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
- D)
APODERADO LEGAL Eduardo Pedemonte Lara
- E)
CLASE INTERNACIONAL (5) BUPROXIN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para uso humano, a saber, antidepresivos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 16 S. 1 y 17 O. 2024
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo No. 107-2022 — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023 (Decreto 107-2022, 2023)
- Decreto Legislativo No. Decreto Legislativo que aprueba el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023 — Decreto Legislativo - Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023 (Decreto Decreto Legislativo que aprueba el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023, 2023)
- Decreto Legislativo No. No. 107-2022 — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023 (Decreto No. 107-2022, 2023)
- Decreto Legislativo No. 157-2022 — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales Ejercicio Fiscal 2023 (Decreto 157-2022, 2023)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre tasas y servicios notariales — Esta ley de 1911, reformada varias veces, establece cómo recaudan y usan sus ingresos las instituciones públicas hondureñas. Permite que cada entidad estatal (ministerios, agencias, institutos) guarde entre el 20% y 100% de lo que cobra por servicios, licencias, multas y tasas, para financiar su funcionamiento. Busca que las instituciones sean más independientes y eficientes al reinvertir sus propios ingresos. (Decreto 75-1911, 2023)