Aviso No. 2020-15244 — Solicitud de registro de MARCA DE FÁBRICA - NATURES SUNSHINE
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2020-15244
- Publicación: 5 de septiembre de 2024
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 36,631
- Categoria: Mercantil
Texto completo
Número de Solicitud: 2020-15244 Fecha de presentación: 2020-04-28 Fecha de emisión: 19 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR Solicitante: NATURE'S SUNSHINE PRODUCTS, INC. Domicilio: 2901 W. Bluegrass Blvd., Suite l00, Lehi, Utah 84043, Estados Unidos de América.
- B)
PRIORIDAD:
- C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
- D)
APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA M.
- E)
CLASE INTERNACIONAL (32)
- F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NATURES SUNSHINE
- G)
- H)
Reservas/Limitaciones: La marca está escrita en forma estilizada. Se protege la grafía en su conjunto.
- I)
Reivindicaciones:
- J)
Para Distinguir y Proteger: Polvos utilizados en la preparación de bebidas energéticas; zumos y bebidas de frutas; zumos de aloe vera; proteínas vitaminas y minerales en polvo para hacer bebidas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Acuerdo de Delegación de Firma No. 002-2024 de fecha 17 de abril de 2024 5, 20 S. y 8 O. 2024
Leyes relacionadas
- Acuerdo Ministerial No. SAG-192-2021 — Reintegración a la flota pesquera nacional de caracol de la embarcación REY KIM — Este acuerdo reintegra la embarcación pesquera REY KIM a la flota nacional de caracol después de haber sido excluida injustamente en 2015. La embarcación ahora es la número 14 de la flota y recibe la misma cuota de captura que las otras 13 embarcaciones autorizadas, permitiendo que su propietario vuelva a la actividad de pesca de caracol. (Decreto SAG-192-2021, 2022)
- Resolución No. 2021/273 — Cancelación del Registro de la Marca de Fábrica BIFOMAX (Decreto 2021/273, 2021)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre tasas y servicios notariales — Esta ley de 1911, reformada varias veces, establece cómo recaudan y usan sus ingresos las instituciones públicas hondureñas. Permite que cada entidad estatal (ministerios, agencias, institutos) guarde entre el 20% y 100% de lo que cobra por servicios, licencias, multas y tasas, para financiar su funcionamiento. Busca que las instituciones sean más independientes y eficientes al reinvertir sus propios ingresos. (Decreto 75-1911, 2023)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Ley de equilibrio financiero y protección social — Esta ley establece cómo el Estado recauda y gestiona sus ingresos financieros. Permite que instituciones públicas (hospitales, escuelas, bomberos, etc.) guarden un porcentaje de lo que cobran por sus servicios para gastar directamente, sin pasar todo al Tesoro Nacional. También autoriza al Gobierno a contraer deuda y gestionar préstamos internacionales, siempre manteniendo las finanzas públicas estables y en línea con planes de desarrollo nacional. (Decreto 75-1911, 2023)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre regulación de ingresos notariales (Decreto 75-1911, 2023)