Aviso No. 2023-926 — Solicitud de registro de marca de fábrica POLAR
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2023-926
- Publicación: 29 de julio de 2025
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 36,902
- Categoria: Mercantil
Texto completo
Número de Solicitud: 2023-926 Fecha de presentación: 2023-02-15 Fecha de emisión: 15 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA FARAHON S.A. Domicilio: Boulevard Kennedy, bodega 5, entrada a la Colonia Las Palmas, Honduras.
- B)
PRIORIDAD:
- C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
- D)
APODERADO LEGAL RIDONIEL HELIODORO CHAVEZ
- E)
CLASE INTERNACIONAL (3)
- F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
- G)
- H)
Reservas/Limitaciones:
- I)
Reivindicaciones:
- J)
Para Distinguir y Proteger: Pasta dental, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 J. y 13 A. 2025 POLAR
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo No. 107-2022 — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023 (Decreto 107-2022, 2023)
- Decreto Legislativo No. Decreto Legislativo que aprueba el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023 — Decreto Legislativo - Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023 (Decreto Decreto Legislativo que aprueba el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023, 2023)
- Decreto Legislativo No. No. 107-2022 — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023 (Decreto No. 107-2022, 2023)
- Decreto Legislativo No. 157-2022 — Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales Ejercicio Fiscal 2023 (Decreto 157-2022, 2023)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre tasas y servicios notariales — Esta ley de 1911, reformada varias veces, establece cómo recaudan y usan sus ingresos las instituciones públicas hondureñas. Permite que cada entidad estatal (ministerios, agencias, institutos) guarde entre el 20% y 100% de lo que cobra por servicios, licencias, multas y tasas, para financiar su funcionamiento. Busca que las instituciones sean más independientes y eficientes al reinvertir sus propios ingresos. (Decreto 75-1911, 2023)