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11 de agosto de 2026Vigente Descargar PDF original

Aviso No. 2025-4250 — Solicitud de registro de marca de servicio LATINALLIANCE

Registro de la Propiedad Industrial

  • Decreto: 2025-4250
  • Publicación: 11 de agosto de 2026
  • Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
  • Gaceta: 37,217

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este aviso registra la marca de servicio LATINALLIANCE a nombre de la empresa costarricense del mismo nombre. La marca protege servicios legales como asesoría jurídica en derecho laboral, corporativo, propiedad intelectual y representación ante tribunales, impidiendo que otros usen este nombre para servicios similares.

Texto completo

Número de Solicitud: 2025-4250 Fecha de Presentación: 2025-06-26 Fecha de emisión: 10 de marzo de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: LATINALLIANCE, S.A. Domicilio: San José, Pavas, Rohrmoser de Acueductos y Alcantarillados sucursal Pavas, ciento veinticinco metros Norte, Edificio Torre Cordillera, noveno piso, oficina Latinalliance Costa Rica, Costa Rica.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Nemesis Elizabeth Escalante Ochoa

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (45)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LATINALLIANCE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación LATINALLIANCE y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos adjuntos en su ejemplar no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios profesionales en el área del derecho; servicios jurídicos en materia laboral, corporativa, contratos, propiedad intelectual, derecho regulatorio; representación legal ante tribunales; servicios profesionales de abogados relacionados a todos tipo de asesoría y consultoría; servicios legales externos de administración de personal por outsourcing a personas naturales y jurídicas; servicios personales y sociales prestados por terceros destinados a satisfacer necesidades individuales, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 27 J., 11 y 26 A. 2026. Sección B Avisos Legales