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6 de agosto de 2026Vigente Descargar PDF original

Aviso — Aviso de demanda por nulidad de acto administrativo en materia de personal - BAYRON ELIAZAR IZAGUIRRE ORTIZ

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Publicación: 6 de agosto de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,213
  • Categoria: Laboral

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un ciudadano demanda al Estado para anular su cancelación laboral de marzo de 2026, alegando que fue ilegal. Pide que lo reingresan a su puesto anterior y que se le paguen todos los salarios, bonificaciones y beneficios que dejó de recibir desde que fue despedido hasta que se resuelva el caso en la corte.

Texto completo

El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de abril del año dos mil veintiséis (2026), compareció a este juzgado el ciudadano SERGIO MAURICIO MONCADA CALIX, incoando demanda con orden de ingreso 0801-2026-01002 vía procedimiento en materiadepersonalcontraelEstadodeHondurasatravésdela SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, para que se declare no ser conforme a derecho y por tanto se anule el acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo de Cancelación número CL-A-SPE-568-2026, de fecha 26 de marzo del 2026 y notificado en fecha 26 de marzo de 2026, emitido por la Comisión Técnica Liquidadora de la Secretaría de Planificación Estratégica en vista de que fue emitido infringiendo el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mis derechos consistente en que se ordene mediante sentencia se me reintegre a mi antiguo puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta que mediante sentencia definitiva sea reintegrado al cargo, reconociendo todos los incrementos salariales durante el transcurso del juicio más el pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales desde la fecha de mi ilegal cancelación hasta la ejecución de la sentencia, con especial condena en costas a la parte demandada en razón del principio de vencimiento, poder, se acompañan documentos. ABG. DANILO ENRIQUE FLORES CARRASCO SECRETARIO ADJUNTO 6 A. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO