Aviso No. Exp-0511-2025-672 — Aviso de Cancelación y Reposición de Título Valor - Compañía Azucarera Hondureña S.A.
Poder Judicial
- Decreto: Exp-0511-2025-672
- Publicación: 29 de junio de 2026
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Categoria: Laboral
Resumen
Estos avisos notifican dos demandas legales contra el Estado de Honduras. Una persona reclama la nulidad de su despido de la Secretaría de Planificación Estratégica y pide reintegración con salarios adeudados; otra hace lo mismo respecto a su cancelación en la Secretaría de Culturas. Ambos solicitan al Juzgado de lo Contencioso Administrativo declarar estos despidos ilegales y ordenar el pago de indemnizaciones.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha catorce (14) de abril del año dos mil veintiséis (2026), interpuso demanda ante este Juzgado el señor SINRRY ALEXY SALAMANCA ANDINO, en su condición de parte demandante y en representación del señor, el Abogado MARCOS ANTONIO PALACIOS CASTRO, con orden de ingreso número 0801-2026-01118, contra el Estado de Honduras a trevés de la Secretaría de Planificación Estratégica, incoando demanda contenciosa administrativa, "para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en Acuerdo No. cl-a-spe-184-2026 de fecha veintiséis (26) de marzo del 2026 de Cancelación por Cesantía, por no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad, desviación de poder, quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada, además se ordene el reintegro a mi cargo y el pago de los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios desde la fecha de cancelación hasta que se dicte sentencia definitiva condenatoria, más el pago de beneficios que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificación por concepto de vacaciones, más intereses legales por pago tardío imputable al Estado de Honduras y costas del juicio. Se acompañan documentos. Poder". LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 29 J. 2026. PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 09 de junio del 2026. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de marzo del año dos mil veintiséis (2026), compareció ante este Juzgado la señora MARIA JOSE CARBAJAL RIVERA, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, con orden de ingreso número 0801-2026-00793 contra el Estado de Honduras a través de LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS (SECAPPH), consistente en Acuerdo de Cancelación No. 34-2026 de fecha veinte (20) de marzo del dos mil veintiséis, contraída a solicitar: "Se interpone demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en Acuerdo No. 34-2026 de fecha veinte (20) de marzo del 2026 de Cancelación por Cesantía, por no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad, desviación de poder, quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley. Que se reconozca la situación jurídica individualizada, además se ordene el reintegro a mi cargo y el pago de los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios desde la fecha de cancelación hasta que se dicte sentencia definitiva condenatoria, más el pago de beneficios que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificación por concepto de vacaciones, más intereses legales por pago tardío imputable al Estado de Honduras y costas del juicio. Se acompañan documentos. Poder". ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 29 J. 2026.
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras Tegucigalpa, M.D.C., 04 de junio del 2026 AVISO
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