Aviso No. 2024-5597 — Solicitud de registro de marca de fábrica RAGAZZA LATINA
- Decreto: 2024-5597
- Publicación: 1 de junio de 2026
- Categoria: Mercantil
Resumen
Este aviso registra la marca "RAGAZZA LATINA" a favor de la empresa FASHION CLOSET, S.A., protegiendo prendas de vestir como camisas, pantalones, vestidos y ropa interior. La marca está protegida como un nombre completo, sin dar derechos exclusivos sobre la palabra "LATINA" por separado.
Texto completo
Número de Solicitud: 2024-5597 Fecha de presentación: 2024-08-22 Fecha de emisión: 15 de enero de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR Solicitante: FASHION CLOSET, S.A. Domicilio: 3A CALLE 9-96 LOCALES 6 Y 7, PLAZA MÉDICA, SECTOR A-2, SAN CRISTOBAL I ZONA 8, MIXCO, Guatemala.
- B)
PRIORIDAD:
- C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta
- D)
APODERADO LEGAL JOSE ROBERTO TIJERINO INESTROZA
- E)
CLASE INTERNACIONAL (25)
- F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RAGAZZA LATINA
- G)
- H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso sobre la palabra "LATINA" en forma separada.
- I)
Reivindicaciones:
- J)
Para Distinguir y Proteger: Abrigos; salidas de baño; antifaces para dormir, bandanas; bandas para la cabeza; batas; saltos de cama; bufandas; ropa interior de caballero y de dama; calcetines; camisas; camisetas; camisolas; capuchas; conjuntos de vestir; corbatas; corsés; delantales, fajas [ropa interior]; faldas; faldas shorts; gabardinas; trajes de baño de dama y caballero; kimonos; leotardos; medias para dama; pantalones; shorts; pijamas; sostenes; corpiños; vestidos y artículos de vestimenta para damas y caballeros, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 1, 16 J. y 1 J. 2026. _____
Leyes relacionadas
- Acuerdo Ministerial No. SETRASS-160-2024 — Protocolo de Inspección del Trabajo: Discriminación de Género en el Empleo y la Ocupación — Este protocolo establece los procedimientos que deben seguir los inspectores de trabajo en Honduras para detectar, investigar y sancionar la discriminación de género en el empleo y ocupación. Afecta a empleadores y trabajadores, creando un sistema uniforme para recibir denuncias sobre acoso laboral, hostigamiento sexual, brecha salarial y otras formas de discriminación, con el propósito de garantizar igualdad de oportunidades en el trabajo. (Decreto SETRASS-160-2024, 2024)
- Acuerdo-SETRASS-160-2024 — Este acuerdo aprueba un protocolo que instruye a los inspectores de trabajo en Honduras sobre cómo identificar, investigar y sancionar la discriminación de género en el empleo. Establece procedimientos unificados para atender denuncias de malos tratos, acoso laboral, hostigamiento sexual y brechas salariales, protegiendo los derechos de trabajadores y trabajadoras mediante inspecciones ordinarias, extraordinarias y de asesoría técnica. (Decreto SETRASS-160-2024, 2024)
- Decreto Ejecutivo No. PCM-04-2025 — Decreto Ejecutivo sobre medidas económicas y financieras (Decreto PCM-04-2025, 2025)
- Acuerdo Ministerial No. 0773-2026 — Autorización para explotación de banco de préstamo de materiales aluvial LAS FLORES II (Decreto 0773-2026, 2026)
- Protocolo de Inspeccion del Trabajo Discriminacion de Genero en el Empleo y la Ocupacion — Este protocolo de inspección del trabajo establece procedimientos para que inspectores identifiquen, investiguen y sancionen discriminación de género en el empleo. Aplica a todas las empresas e inspectores laborales de Honduras, buscando garantizar igualdad salarial, oportunidades y respeto por género en la admisión, permanencia y despido de trabajadores. (Decreto 266-2013, 2017)