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30 de diciembre de 2023Vigente

Aviso — Aviso de Registro de Plaguicida y Sustancias Afines - TRONNUSPAC 25 EC

Poder Ejecutivo

  • Publicación: 30 de diciembre de 2023
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Gaceta: 36,422
  • Categoria: Ambiental

Resumen

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

El gobierno recibe una solicitud para registrar el plaguicida TRONNUSPAC 25 EC (regulador de crecimiento agrícola). Cualquier ciudadano tiene 10 días para oponerse si tiene pruebas científicas de riesgos para la salud o ambiente. Este aviso es válido por tres meses.

Considerandos

La disolución y líquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA IBERIA, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo.

Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego del ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación.

La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOTIFÍQUESE. (f) JOSE RICARDO LARA WATSON, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL RAMO DE JUSTICIA (f) MARIO HENRIQUEZ CHINCHILLA, SECRETARIO GENERAL” Extendida en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los doce días del mes de mayo de dos mil diez. PASTOR AGUILAR MALDONADO SECRETARIO GENERAL 30 D. 2023 _________________ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO

Texto completo

Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de REGISTRO de plaguicidas o sustancias afin. El Representante Legal: Mario Antonio Mendoza Castillo Actuando en representación de la empresa: HELM AG Tendiente a que autorice el REGISTRO del producto de. Nombre Comercial: TRONNUSPAC 25 EC Compuesto por los elementos: 25% Trinexapac-Ethyl Grupo al que pertenece Derivado de Cyclohexanedione Clasificación toxicológica:

Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado Emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: SCHIRM GMBH/ALEMANIA Tipo de Uso: Regulador de crecimiento EXPSENASA: 3495-2019 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C., miércoles 22 de noviembre de 2023 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 29 D. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS FISCAL ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Fiscal Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 20 de mayo del año 2022 comparece el abogado Carlos Humberto Yanes Castro, representante procesal de la sociedad mercantil REFINERIA TEXACO DE HONDURAS, S.A, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801- 2022-00025 Fiscal, contra el Estado de Honduras, a través Servicio de Administración de Rentas, incoando demanda especial en materia fiscal para que se declare la ilegalidad y nulidad de actos administrativos de carácter particular consistente en la resolución número A.L.500-2019 de fecha (23) de septiembre de dos mil diecinueve (2019) emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Finanzas (SEFIN), la resolución SAR-DGCTCAPL-171- 17-10000-3682 emitida por el Servicio de Administración de Rentas (SAR) de fecha 16 de noviembre del año 2017, la resolución DEI-30-DA- AGCRNO-C-2016 de fecha (4) cuatro de marzo del dos mil dieciséis (2016) emitida por la antigua Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) por infringir el ordenamiento jurídico, quebrantar las formalidades esenciales del procedimiento además de contener vicios de anulabilidad como el exceso y la desviación de poder. Que se reconozca la situación jurídica individualizada reclamada y se adopten medidas para su pleno restablecimiento en vista que el no reconocimiento del crédito fiscal es totalmente ilegal porque se pagó de forma indebida en las fechas del 1 al 5 de enero de 2014 el tributo en concepto del aporte para la atención a programas sociales y conservación del patrimonio vial (ACPV) en vista que los precios vigentes no fueron publicados hasta el 6 de enero de 2014 y que la extinta DEI de forma antojadiza, arbitraria e ilegal incrementó dicha tarifa desprendiéndose totalmente del procedimiento ya establecido y violentando el principio de legalidad.- Se solicita la apertura a pruebas.- Se delega poder.- Manifiesto la voluntad de cumplir con los requisitos exigidos por la Ley para efectos de subsanación de posibles defectos que pueda ordenar el órgano jurisdiccional. Se acompañan documentos.- Costas. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 29 D. 2023 _____

transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y líquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COLONIA IBERIA, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego del ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOTIFÍQUESE. (f) JOSE RICARDO LARA WATSON, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL RAMO DE JUSTICIA (f) MARIO HENRIQUEZ CHINCHILLA, SECRETARIO GENERAL” Extendida en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los doce días del mes de mayo de dos mil diez. PASTOR AGUILAR MALDONADO SECRETARIO GENERAL 30 D. 2023 _________________ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO