Aviso No. 0801-2021-00370 — Demanda de nulidad contra Tribunal Superior de Cuentas
Poder Judicial
- Decreto: 0801-2021-00370
- Publicación: 14 de marzo de 2025
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Categoria: Administrativo
Resumen
Un ciudadano demandó al Tribunal Superior de Cuentas para anular dos resoluciones que considera ilegales y dictadas con vicios procedimentales, solicitando que se declare su nulidad total y se le libere de responsabilidad civil. El juzgado notifica públicamente esta demanda para que las partes interesadas comparezcan según la ley.
Texto completo
Que en fecha veintisiete (27) de agosto del año dos mil veintiuno (2021), interpuso demanda ante este Juzgado la señora Santos Sunilda Soto Escoto, con orden de ingreso número 0801-2021-00370, contra el Tribunal Superior de Cuentas (TSC), incoando demanda ordinaria para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular, emitido por el Tribunal Superior de cuentas, consistente en la Resolución No. 969/2014-SG- TSC de fecha 13 de noviembre del año dos mil catorce (2014) y la Resolución No. 307/2009 SG-TSC-RR de fecha 20 de marzo del año dos mil diecinueve, por no ser dictadas conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad, exceso de poder, desviación de poder, quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de estas, que se declare la nulidad total de la Resolución No. 969/2014-SG-TSC de fecha 13 de noviembre del año dos mil catorce (2014) y la Resolución No. 307/2009 SG-TSC-RR de fecha 20 de marzo del año dos mil diecinueve y que me absuelva de toda responsabilidad civil.- Se acompañan documentos.- Poder.- Costas. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 9 A. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
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