VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. 0801-2024-00866 | 19 de noviembre de 2024

Aviso No. 0801-2024-00866 — Demanda Contencioso Administrativa contra Ministerio Público por Nulidad de Resoluciones

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Resumen

Un grupo de 16 médicos demanda al Ministerio Público para anular dos resoluciones que consideran injustas. Solicitan que se reconozcan sus derechos laborales, antigüedad en el trabajo, estabilidad laboral y ajustes salariales de los últimos dos años según las leyes que protegen a médicos empleados del gobierno.

Articulos

Articulo 44

de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, ambas resoluciones emitidas por el Ministerio Público con vicios de anulabilidad por incurrir en infracción al ordenamiento jurídico incluso el exceso de poder y la desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada como la aplicación del Estatuto Laboral del Médico Empleado. Reconociendo la antigüedad desde la suscripción del primer contrato de conformidad con Decreto 137-89 que se reforma el artículo 3 literal M) de la Ley del Servicio Civil respetando los derechos de la estabilidad laboral y antigüedad laboral tal y como lo ordena los Decretos Legislativos número 47-2020 y Decreto Ejecutivo número 131-2021 pago de ajuste de salario según lo estipulado en el artículo 10 de la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central de los últimos dos años previo al reclamo administrativo es decir a partir del año 2022 en consonancia con los artículos 8 y 9 del Estatuto del Médico Empleado hasta que quede firme la sentencia condenatoria. - Ajustándose sus colaterales como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes y bonificaciones de vacaciones en base al principio de irrenunciabilidad de derechos adquiridos.- Se relacionan medios de prueba.- Se acompañan documentos.- Se acredita representación; En relación a la resoluciones FGA-439-2024 de fecha 23 de mayo del año 2024 y NO. FGR 776-2024 de fecha 25 de septiembre del año 2024. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 7 A. 2025 _______

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