Aviso No. 0801-2025-00572 — Aviso de demanda ordinaria de Humberto Ulices Lobo Garrido contra Comisión Nacional de Bancos y Seguros
Poder Judicial
- Decreto: 0801-2025-00572
- Publicación: 8 de enero de 2024
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Gaceta: 36,990
- Categoria: Administrativo
Resumen
Se notifica una demanda presentada por el abogado Humberto Ulices Lobo Garrido contra la Comisión Nacional de Bancos y Seguros ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo. Esta demanda cuestiona acciones de la institución reguladora y busca que un juez revise su legalidad y ordene correcciones si corresponde.
Texto completo
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado el Abogado HUMBERTO ULICES LOBO GARRIDO, actuando en causa propia, y quien además confirió poder a la Abogada LEDYA LESBIA MARADIAGA HERNANDEZ, interponiendo demanda en materia ordinaria con Orden de Ingreso: 0801-2025-00572, contra el Estado de Honduras, a través de la COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS. Para la nulidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública consistente en la resolución N. 426/2006-2025, de fecha 20 de junio de 2025, emitida por la COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS (CNBS). Por ser contraria al ordenamiento jurídico, al haberse dictado con quebramiento de formalidades esenciales, incurrir en exceso y desviación del poder, se solicita que se declare la nulidad de dicho Acto Administrativo y se reconozca una situación jurídica individualizada a mi favor, se pide la suspensión del acto impugnado mientras se resuelve el presente proceso, se solicita que se libre comunicación a la COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS (CNBS), para que remita los antecedentes administrativos correspondientes dentro del plazo legal establecido, se hace constar que el Acto Administrativo impugnado tiene su origen en el expediente N. GPUEX-RE-444/2024, se reclaman los daños y perjuicios ocasionados, se condenen las costas del juicio a la parte demandada, se acompañan los documentos pertinentes y se actúa en causa propia, por ser el suscrito profesional del derecho debidamente colegiado, petición, poder. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO(A) ADJUNTO(A) 11 N. 2025
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