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20 de abril de 2021Vigente

Aviso No. 0801-2019-00457 — Aviso de Demanda por Ilegalidad y Nulidad de Acuerdo Administrativo

Poder Judicial

  • Decreto: 0801-2019-00457
  • Publicación: 20 de abril de 2021
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Gaceta: 35,606
  • Categoria: Administrativo

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Un ciudadano demandó al Estado de Honduras ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo para anular un acuerdo de la Secretaría de Seguridad que lo afectó laboralmente. Busca que lo reinstauren en su cargo, le paguen los salarios perdidos y reciba compensación por daños. El aviso notifica públicamente sobre este proceso legal.

Texto completo

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 11 de diciembre de 2019, compareció ante este Juzgado el señor Alexis Posada Cruz, actuando en su condición personal, interponiendo demanda por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL DE MATERIA PERSONAL, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el Acuerdo Número 1987-2019 de fecha veintisiete (27) de noviembre del dos mil diecinueve (2019), emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, el Reconocimiento de la Situación Jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias entre ellas el reintegro al cargo y en concepto de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta el reintegro y demás derechos correspondientes; Contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso No.0801- 2019-00457. Asimismo se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABOG. MARVIN GEOVANNY RAMOS AVILA SECRETARIO ADJUNTO 22 M. 2021

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Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO

Notas

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