Aviso No. 2025-5863 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - SEMANPIK - MED PHARMA, S.A
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2025-5863
- Publicación: 24 de septiembre de 2026
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 37,254
- Categoria: Mercantil
Resumen
La empresa MED PHARMA, S.A. registra la marca "SEMANPIK" para proteger un medicamento que contiene semaglutida, usado para regular el azúcar en sangre en diabéticos tipo 2 y ayudar con pérdida de peso en personas con obesidad. Este registro oficial impide que otros usen este nombre para productos similares.
Texto completo
Número de Solicitud: 2025-5863 Fecha de presentación: 2025-08-29 Fecha de emisión: 10 de julio de 2026 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR Solicitante: MED PHARMA, S.A. Domicilio:Kilómetro dieciséis puntos cinco (16.5), carretera a San Juan Sacatepéquez, Lote Veinticuatro (24), Complejo Industrial Mixco Norte, zona seis (6) de Mixco, Guatemala, Guatemala.
- B)
PRIORIDAD:
- C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
- D)
APODERADO LEGAL Marcelo Antonio Turcios Vindel
- E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
- F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SEMANPIK
- G)
- H)
Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "SEMANPIK". Se considera un solo término.
- I)
Reivindicaciones:
- J)
Para Distinguir y Proteger: Medicamento de uso humano (a base de SEMAGLUTIDA) la cual regula los niveles de glucosa en sangre en algunos pacientes con diabetes tipo 2, ayudar con la pérdida de peso en ciertas personas con obesidad o sobrepeso que presentan problemas médicos relacionados con el peso, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 8, 24 S. y 9 O. 2026
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 24 D E SEPTIEMBRE D E L 2026 N o . 37,254 H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de préstamos financieros; concesión de préstamos; servicios de préstamos inmobiliarios; préstamos a plazos; préstamos [financiación]; servicios crediticios financieros; servicios de préstamos hipotecarios; servicios fiduciarios; servicios fiduciarios de sociedades, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 24 S., 9 y 28 O. 2026 H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación AGORA y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos adjuntos en el ejemplar no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Muebles de oficina, mobiliario de oficina, escritorios de oficina, sillones de oficina, de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 24 S., 9 y 28 O. 2026
Leyes relacionadas
- Aviso No. 2025-5863 — Solicitud de registro de Marca de fábrica - SEMANPIK - MED PHARMA, S.A — La empresa MED PHARMA, S.A. registra la marca "SEMANPIK" para proteger un medicamento que contiene semaglutida, usado para regular glucosa en diabéticos tipo 2 y ayudar con pérdida de peso. Este registro evita que otros usen el mismo nombre para productos similares sin autorización. (Decreto 2025-5863, 2026)
- Aviso No. 2024-5863 — Solicitud de registro de marca de servicio DUFERCO clase 35 (Decreto 2024-5863, 2026)
- Decreto Ejecutivo No. PCM-04-2025 — Decreto Ejecutivo sobre medidas económicas y financieras (Decreto PCM-04-2025, 2025)
- Acuerdo Ministerial No. 0773-2026 — Autorización para explotación de banco de préstamo de materiales aluvial LAS FLORES II (Decreto 0773-2026, 2026)
- Resolución Judicial No. 0801-2025-08289-CV — Sentencia de declaratoria de herencia ab-intestato de María Isabel Irias Fonseca — Un juzgado civil declaró a Norma Lizzette Gutiérrez Fonseca como heredera de los bienes y derechos de su madre María Isabel Irias Fonseca, quien falleció sin dejar testamento. La sentencia le concede posesión efectiva de la herencia y ordena publicar este aviso para que otros posibles herederos puedan hacer sus reclamaciones. (Decreto 0801-2025-08289-CV, 2026)