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24 de septiembre de 2026Vigente

Aviso — Aviso de demanda contencioso-administrativa - IRMA YOLANDA CACERES CONTRERAS contra SEDESOL

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Publicación: 24 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,254
  • Categoria: Laboral

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Una mujer demanda al Estado (SEDESOL) porque fue despedida por cesantía. Pide que se declare ilegal su despido, que la reintegren a su puesto con salario completo desde su separación, y que le paguen prestaciones (bonificaciones, vacaciones) que dejó de recibir. El juzgado publica este aviso para informar públicamente sobre el proceso.

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes. HACE SABER: Que en fecha ocho (08) de mayo del año dos mil veintiséis (2026), compareció la señora IRMA YOLANDA CACERES CONTRERAS, incoando demanda contencioso- administrativa en Materia Especial de Personal con orden de ingreso número 0801-2026-02442, en contra del Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL (SEDESOL); contraída a solicitar "Se interpone demanda especial contenciosa administrativa, para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal.- Contenido en el ACUERDO DE CANCELACIÓN POR CESANTÍA NÚMERO 369-SEDESOL-2026 de fecha 27 de abril del año 2026 con efectividad a partir del 27 abril del año 2026, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social, por no ser el mismo conforme a derecho. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada. Que se adopten las medidas necesarias para el pleno restablecimiento en mis derechos consistentes en:

  • a)

    se ordene el reintegro a mi cargo en iguales o mejores condiciones;

  • b)

    se ordene el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la ilegal e injusta cancelación hasta la fecha que sea materialmente reintegrada a mi cargo;

  • c)

    se ordene el pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones, aumentos o incrementos salariales otorgados por el Gobierno de la República, durante mi ausencia en el puesto hasta que se ejecute la sentencia condenatoria que se dicte;

  • d)

    se decrete la nulidad del acto administrativo por el cual se hubiere nombrado el sustituto en mi puesto;

  • e)

    pago del índice al consumidor (IPC) y cualquier otro derecho que me corresponda. Con especial condena en costas. Se acompañan documentos. Se confiere poder. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 24 S. 2026

    La G aceta

    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 24 D E SEPTIEMBRE D E L 2026 N o . 37,254 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras Tegucigalpa, M.D.C., 11 de septiembre del 2023

Notas

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