Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
11 de septiembre de 2026Vigente

Aviso No. 0801-2026-02352 — Demanda de Esli Trinidad Moreno Cruz contra Secretaría de Asuntos de la Mujer

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2026-02352
  • Publicación: 11 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,244
  • Categoria: Laboral

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Una empleada de la Secretaría de Asuntos de la Mujer demanda al Estado de Honduras por su despido ilegal. Solicita que se declare nulo el despido, su reintegro al trabajo, pago de salarios adeudados, beneficios laborales y aportaciones al sistema previsional desde su cesantía.

Texto completo

Que en fecha cinco (05) de mayo de dos mil veintiséis (2026), comparecieron ante este la señora ESLI TRINIDAD MORENO CRUZ, interponiendo demanda contenciosa administrativa en materia especial de personal con orden de ingreso 0801-2026-02352, contra el Estado de Honduras, a través LA SECRETARÍA DE ASUNTOS DE LA MUJER, contraída a “Demanda especial en materia de personal para la declaración de no ser conforme a derecho y la anulación de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto por cesantía y como medida para el pleno restablecimiento el reintegro al trabajo.- Pago de salarios caídos.- El reconocimiento de los beneficios colaterales causados, pago retroactivo de incrementos salariales aprobados por el gobierno, incrementos salariales y demás derechos que se produzcan durante la secuela del juicio.- Pago de las aportaciones al sistema previsional.- Me reservo el derecho a las prestaciones e indemnizaciones laborales en el caso de que el reintegro se torne materialmente imposible o no se ordene su procedencia.- Se acompañan documentos.- Costas.- Poder”. ACUERDO NO. SEMUJER-013-2026, de fecha 17 de abril 2026. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 11 S. 2026 _______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 11 D E SEPTIEMBRE D E L 2026 N o . 37,244

Notas

Cargando…