Aviso No. 0801-2026-00967 — Demanda contencioso administrativa - KEYSI MICHELL GARCIA CRUZ contra Administración Aduanera de Honduras
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2026-00967
- Publicación: 7 de septiembre de 2026
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 37,240
- Categoria: Laboral
Resumen
Estos avisos notifican sobre tres demandas ante el Juzgado Contencioso Administrativo donde empleados públicos reclaman la nulidad de despidos alegando violación de ley. Buscan ser reintegrados a sus puestos con pago de salarios adeudados, prestaciones y contribuciones al IHSS e INJUPEMP. Afecta a trabajadores del Estado contra decisiones de entidades públicas.
Texto completo
AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de abril del año dos mil veintiséis (2026), compareció ante este Juzgado la ciudadana KEYSI MICHELL GARCIA CRUZ, incoando demanda con orden de ingreso 0801-2026- 00967 vía procedimiento en materia de personal contra el Estado de Honduras a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular, por infracción del ordenamiento jurídico; o, en su defecto de manera subsidiaria, se declare la anulabilidad del acto por desviación de poder, con el consecuente reconocimiento de la situación jurídica individualizada lesionada, por haberse vulnerado derechos de la administrada; y, para su pleno restablecimiento, se ordene el reintegro al puesto de trabajo o a otro de igual o superior categoría, en iguales o mejores condiciones. Además, a título de daños y perjuicios, se condene al pago de los salarios dejados de percibir que en derecho correspondan, más los aumentos salariales y demás derechos y beneficios que en derecho correspondan conforme al régimen laboral aplicable, hasta la total restitución en el puesto de trabajo, incluyendo los pagos correspondientes a la aportación patronal al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) e Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP) que se generen durante la sustanciación del juicio. Se acompañan documentos. Se denuncia notificación defectuosa. Se otorga poder. Costas del juicio. Manifiesto mi intención de cumplir con los requisitos que manda la ley. ABG. MIRANDA ROSELLA GODOY SECRETARIA ADJUNTA 7 S. 2026
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 7 D E SEPTIEMBRE D E L 2026 N o . 37,240 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras Tegucigalpa, M.D.C., 19 de agosto de 2026 AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de mayo del año dos mil veintiséis (2026), compareció a este Juzgado el Abogado ABEL ANTONIO SEVILLA HERRERA, quien actúa en su condición de representante procesal del señor JARID JAKNIEL MEJIA MOTIÑO, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social, incoando demanda personal con orden de ingreso número 0801-2026-02754, "Demanda especial en materia de personal en contra del Estado de Honduras por actuaciones de Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social. Acción contenciosa cuyas pretensiones son la declaración de nulidad de un acto administrativo de carácter particular. Que se reconozca la situación jurídica individualizada y por la cancelación ilegal e incausada, ordenando como medida para el restablecimiento de la situación el reintegro en iguales o mejores condiciones con el consecuente pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta que sea reintegrada, junto con las demás indemnizaciones legales y beneficios que su cargo adquiera. Se acompañan documentos. Costas del juicio. Poder." En relación al ACUERDO N° 419-SEDESOL-2026, de fecha seis (06) de mayo del año dos mil veintiséis (2026). ABG. LOURDES AZUCENA MEDINA MARADIAGA SECRETARIA ADJUNTA 7 S. 2026 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de agosto del 2026 AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de agosto del dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este juzgado el señor LENER DAVID ROMERO TURCIOS, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2024-00566, contra el Estado de Honduras, a través del SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS.- Se interpone demanda contencioso administrativa vía procedimiento especial en materia de personal para que se declare no ser conforme a derecho un acto administrativo de carácter particular y por ende se anule el mismo por incurrir en infracción al ordenamiento juridico y adolecer causas de nulidad, el reconocimiento de una situación juridica individualizada y la adopción de medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo del que fui cancelado o a otro de igual o mejor categoría. Petición. Se acompañan documentos. Se confiere poder. En relación al Acuerdo de Cancelación SAR -No 309- 2024 de fecha ocho de julio del 2024. ABG. MIRANDA ROSELLA GODOY SECRETARIA ADJUNTA 7 S. 2026 _______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito.
La G aceta
Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 7 D E SEPTIEMBRE D E L 2026 N o . 37,240
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