Aviso — Aviso de Registro de Plaguicidas y Sustancias Afines - SLIDER 24 SL
Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA)
- Publicación: 29 de agosto de 2019
- Órgano emisor: Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA)
- Gaceta: 35,035
Texto completo
AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Abog. JENNY ELIZABETH PAREDES BAIDE, actuando en representación de la empresa INSECTICIDAS INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA (INICA, S.A.), tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: GARRA40 EC, compuesto por los elementos: 40% PENDIMET-HALIN. Estado Físico: LIQUIDO Toxicidad: 5 Tipo de Formulación: CONCENTRADO EMULSIONABLE Grupo al que pertenece: DINITROANILINA Formulador y País de Origen: AGROSER, S.A. (AGROQUIMICOS, SEMILLAS Y EQUIPOS DE RIEGO, S.A.)/COLOMBIA Tipo de Uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines,Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 05 DE JUNIO DEL 2019 ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL Y USO DE PLAGUICIDAS (DCUP) SENASA 29 A. 2019. _____ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Abog. JENNY ELIZABETH PAREDES BAIDE, actuando en representación de la empresa INSECTICIDAS INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANONIMA (INICA, S.A.), tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: SLIDER 24 SL, compuesto por los elementos: 24% PICLORAM. Estado Físico: LIQUIDO Toxicidad: 5 Tipo de Formulación: CONCENTRADO SOLUBLE Grupo al que pertenece: PIRIDINA Formulador y País de Origen: AGROSER, S.A./COLOMBIA Tipo de Uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines,Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 13 DE JUNIO, 2019 ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL Y USO DE PLAGUICIDAS (DCUP) SENASA 29 A. 2019. _____ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de febrero de dos mil diecinueve (2019), compareció ante este Juzgado el Abogado JOSÉ ANTONIO MEJÍA CORLETO, en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada GLOBAL NET, S.A. de C.V., incoando demanda ordinaria con orden de ingreso número 0801-2019-00061 para la nulidad de los actos administrativos consistentes en la Providencia de fecha veintidós (22) de noviembre del año dos mil dieciséis (2016) y Resolución número AS193/18 de fecha 26 de octubre de 2018, emitida por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), por no ser conforme a derecho, dictadas en exceso de poder, fundamentadas en un acto de carácter general no vigente e ineficaz, comprendiendo infracciones al ordenamiento jurídico y el quebrantamiento de formalidades esenciales.- Consecuentemente se declara la nulidad de las resoluciones previamente enunciadas y por consiguiente su invalidez y se deje sin valor ni efecto. ANDRÉS DAVID ARDON SILVA SECRETARIO ADJUNTO 29 A. 2019. ____ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito.