Aviso No. 2304-1128 — Renovación de Plaguicida B-THURIN 7.5 SL
Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, Dirección Técnica de Sanidad Vegetal
- Decreto: 2304-1128
- Publicación: 2 de noviembre de 2023
- Órgano emisor: Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, Dirección Técnica de Sanidad Vegetal
- Gaceta: 36,373
Texto completo
AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACION de registro de plaguicidas o sustancia afín. El representante o apoderado legal Ligia Mariel Lopez actuando en representación de la empresa: CHEMICAL MANUFACTURING AND EXPORT ING COMPANY S. DE R.L. (CHEMEXC S. de R.L.) tendiente a que autorice el / la RENOVACION de registro del producto. Nombre Comercial: B-THURIN 7.5 SL Compuesto por los elementos: 7.5% % ESPORAS DE BACILLUS THURINGIENSIS Grupo al que pertenece: Microbiológico Toxicidad: IV Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado soluble (SL) Formulador y País de Origen: CHEMEXC S. de R.L. / HONDURAS Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA No: 2304-1128 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., miércoles, 11 de octubre de 2023 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 2 N. 2023 REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCION TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACION de registro de plaguicidas o sustancia afín. El Apoderado o representante legal Ligia Mariel Lopez actuando en representación de la empresa: CHEMICAL MANUFACTURING AND EXPORT ING COMPANY S. DE R.L. (CHEMEXC S. de tendiente a que autorice el / la RENOVACION de registro del producto. Nombre Comercial: M.E. 17.4 SP Compuesto por los elementos: 8.4% Esporas de trichoderma harzianum, 8.4% Esporas de bacillus subtillis, 0.6% Esporas de saccharomyces Grupo al que pertenece: Microbiológico Toxicidad: “5” Estado Físico: Sólido Tipo de formulación: Polvo soluble (SP) Formulador y País de Origen: CHEMEXC S. de R.L. / HONDURAS Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA No: 2304-1130 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., miércoles, 11 de octubre de 2023 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 2 N. 2023
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTES A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece de octubre del año dos mil veintitrés el Abogado Sergio Alejandro Martínez Raudales.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2023-00143.-LAP y número asignado por el Juzgado 149-2023-S.P.S. Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; dicha demandas tiene como finalidad que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia personal por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Consistente en los acuerdos de cancelación número SETRASS-551-2023, correspondiente a la cancelación de la señora Doris Yaneth Zelaya Sanabria de fecha catorce de septiembre del año dos mil veintitrés y efectivo a partir del veinte de septiembre del mismo año (2023), emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social.- Acuerdos de Cancelación número SETRASS-550-2023, correspondiente a la cancelación del señor José Luis Cuestas Alvarenga de fecha catorce de septiembre del año dos míl veintitrés y efectivo a partir del veinte de septiembre del mismo año (2023) emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social.- Que se reconozca la situación Jurídica individualizada de los titulares de derechos que se reclaman y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del mismo se ordena mediante sentencia definitiva el reintegro a sus puestos de trabajo y otro en igual o mejores condiciones en la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha en la que se efectuaron las cancelaciones de manera ilegal hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria, reajustes salariales que en su caso tuviera los puesto del cual fueron cancelados ilegalmente durante la secuela del juicio más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercer mes y décimo cuarto mes de salarios, vacaciones.- MAS COSTAS San Pedro Sula, Cortés, 23 de octubre del año dos mil veintitrés Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 2 N. 2023