Aviso No. 0801-2017-00043 — Aviso de demanda contencioso administrativa contra Instituto de la Propiedad - Donal Mauricio Amador Baca
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2017-00043
- Publicación: 18 de febrero de 2017
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 34,269
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación al Artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de enero del dos mil diecisiete 2017, compareció a este juzgado el señor DONAL MAURICIO AMADOR BACA, quien confirió poder a la Abogada BELKY JANETH JIMENEZ GUEVARA, incoando demanda en materia Personal, a la cual se le asignó la orden de ingreso número 0801- 2017-00043, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de la Propiedad. Para que se declare no conforme a derecho y se anule un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acuerdo No. DGRCG-IP-193-2016, de fecha 28 de diciembre del año 2016, emitido por la Dirección General de Registros, Catastro y Geografía del Instituto de la Propiedad, por haberse dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente, que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas para su pleno restablecimiento, consistente en que se ordene el reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones; se ordene el pago de los salarios dejados de percibir, y demás derechos laborales, a partir de la fecha que se canceló mi acuerdo hasta que sea reinstalado en mi puesto, con especial condena en costas; se consigna cheque de caja a favor de la Tesorería General de la República, por el valor de doscientos treinta y un mil seiscientos cincuenta y cuatro Lempiras con 0.4/100 (231,654.04); se acompañan documentos.-Se impugna el Acuerdo No. DGRCG-IP-193-2016 de fecha 28 de diciembre del año 2016. LIC. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 18 F. 2017 ------------------------------ LA no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito
Leyes relacionadas
- Acuerdo No. 007-2017 — Límites de gastos de campaña para las Elecciones Generales 2017 — Este acuerdo del Tribunal Supremo Electoral establece los límites máximos que pueden gastar los partidos políticos y candidatos en sus campañas electorales para las elecciones generales de 2017. Define montos específicos permitidos según el tipo de cargo a elegir (presidente, diputados, etc.). La norma busca garantizar equidad electoral y transparencia en el uso de recursos durante las campañas. (Decreto 007-2017, 2017)
- Acuerdo No. 007-2017 — Límites de gastos de campaña para elecciones generales 2017 — Este acuerdo establece los límites máximos de gasto que pueden hacer los partidos políticos y candidatos en sus campañas para las elecciones generales de 2017. Afecta a todos los partidos políticos y candidatos, y busca garantizar transparencia y equidad en la competencia electoral controlando cuánto dinero se invierte en campaña según el tipo de cargo (presidencial, diputados, etc.). (Decreto 007-2017, 2017)
- Acuerdo No. 007-2017 — Límites de gastos de campaña para Elecciones Generales 2017 — Este acuerdo establece los límites máximos de gasto que pueden hacer los candidatos y partidos políticos en sus campañas para las Elecciones Generales de 2017. El Tribunal Supremo Electoral fija estos montos diferenciados según el tipo de cargo a elegir (presidencia, diputados, municipalidades) para garantizar transparencia y equidad en las contiendas electorales. (Decreto 007-2017, 2017)
- Acuerdo No. 007-2017 — Límites de gastos de campaña electoral para las Elecciones Generales 2017 (Decreto 007-2017, 2017)
- Resolución — Autorizar a BANCO DE LOS TRABAJADORES, S.A. el incremento de su capital social y reforma de estatutos — Esta resolución autoriza al Banco de los Trabajadores aumentar su capital social de 563.9 millones a 800 millones de lempiras. El aumento se realizará reteniendo el 70% de las ganancias de 2016-2018 y permitiendo que los accionistas compren acciones adicionales. También aprueba los cambios necesarios en los documentos constitutivos del banco.