Aviso — Aviso de Renovación de Registro de Plaguicidas - TRYCLAN 50 SP
Secretaría de Agricultura y Ganadería, Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
- Publicación: 15 de noviembre de 2019
- Órgano emisor: Secretaría de Agricultura y Ganadería, Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
- Gaceta: 35,099
Texto completo
AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO, actuando en representación de la empresa PRODUCTOS CAMPO-AGRO, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: AGRO NO MIL 50 WP, compuesto por los elementos: BENOMYL 50.00%. Toxicidad: 5 Estado Físico: SÓLIDO Grupo al que pertenece: BENZ IMIDAZOL Tipo de Formulación: POLVO MOJABLE Formulador y País de Origen:JIANGSU TAICANG AGRICULTURAL CHEMICALS CO., LTD/ CHINA Tipo de Uso: FUNGICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 16 DE OCTUBRE DE 2019 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL Y USO DE PLAGUICIDAS (DCUP) 15 N. 2019. ______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO, actuando en representación de la empresa PRODUCTOS CAMPO-AGRO, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: CAMPO-FOP 18 EC, compuesto por los elementos: CYHALOFOP BUTYL 18.00%. Toxicidad: 5 Estado Físico: LIQUÍDO Grupo al que pertenece: ARILOXIFENOXIPROPIONATO Tipo de Formulación: CONCENTRADO EMULSINABLE. Formulador y País de Origen: HEFEI XINGYU CHEMICAL CO., LTD/ CHINA Tipo de Uso: HERBICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 16 DE OCTUBRE DE 2019 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL Y USO DE PLAGUICIDAS (DCUP) 15 N. 2019. ______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE RENOVACIÓN DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA CASTILLO, actuando en representación de la empresa MARKETING ARM INTERNATIONAL, INC, tendiente a que autorice la Renovación de Registro del producto de nombre comercial: TRYCLAN 50 SP, compuesto por los elementos: THIOCYCLAM HIDROGEN OXALATE 50%. Toxicidad: 4 Grupo al que pertenece: TRITIANO Estado Físico: SÓLIDO Tipo de Formulación: POLVO SOLUBLE Formulador y País de Origen: MARKETING ARM PANAMÁ Tipo de Uso: INSECTICIDA Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley RTCA 67.05.67.13 de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 07 DE OCTUBRE DE 2019 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. JUAN VICENTE BARRIOS ALEMÁN JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTROL Y USO DE PLAGUICIDAS (DCUP) SENASA 15 N. 2019.
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del Artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 26 de agosto del año 2019. El señor Marco Antonio Reyes Ávila, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2019-00314, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, incoando demanda contenciosa administrativa para que se declare no ser conforme a derecho dos actos administrativo de carácter particular en materia ordinaria. Que se decrete la ilegalidad y nulidad de dos actos administrativos de carácter particular consistentes en la resolución número 132-2019 de fecha cinco de marzo del año dos mil diecinueve (notificada a esta parte, en fecha 30 de abril del 2019) y en la resolución número 344-2019 de fecha 18 de junio del año dos mil diecinueve (notificada a esta parte, en fecha 1 de julio de 2019) por no ser conforme a derecho, por quebrantar las formalidades esenciales del Procedimiento Administrativo e incumplimiento de los plazos legales establecidos y formalidades del debido proceso. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada. La adopción de medidas para su pleno restablecimiento, nivelación y reajuste salarial de conformidad con el “Arancel del profesional del Derecho” desde la fecha de su vigencia, aplicando el índice de precios al consumidor emitido por el Banco Central de Honduras y los intereses que de dichas cantidades resulten. Y cualquier otro derecho reconocible y como mejor proceda en derecho a esta parte durante del juicio. Habilitación de días y horas inhábiles, así como las costas del juicio. Se acompañan documentos. Se otorga poder. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA. 15 N. 2019.