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3 de junio de 2024Vigente

Aviso No. 2206-2791 — Renovación de Plaguicida DIAZINON 60 EC

Secretaría de Agricultura y Ganadería, Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria

  • Decreto: 2206-2791
  • Publicación: 3 de junio de 2024
  • Órgano emisor: Secretaría de Agricultura y Ganadería, Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria
  • Gaceta: 36,550

Texto completo

AVISO DE RENOVACION DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en dependencia se ha presentado la solicitud de RENOVACION El representante legal: Mario Antonio Mendoza Actuando en representación de la empresa: TIKAL AGROSOLUTIONS Tendiente a que autorice la RENOVACION De nombre Comercial: DIAZINON 60 EC Compuesto por los elementos: 60% Diazinon Grupo al que pertenece: Organofosforado Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: DREXEL CHEMICAL COMPANY / ESTADOS UNIDOS, FORAGRO, S.A. / GUATEMALA Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA: 2206-2791 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación 9 de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., miercoles 22 de mayo del 2024 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 3 J. 2024

La G . 36,550 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintidós (22) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado la Abogada GABRIELA NICOLE BARRIOS, apoderada legal de los señores

  • 1)

    MARIO EMILIO BECERRA LOPEZ,

  • 2)

    EDWARD ANTHONY BUCHANAN STANLEY,

  • 3)

    DIRNIA KATTINA DUARTE SOSA,

  • 4)

    LEDA YANETH AMADOR MORALES,

  • 5)

    MAURICIO ENRIQUE GALINDO GARAY, 6.-ROLANDO LICONA AVILA, 7.- RICARDO MANUEL PORTILLO PINEDA, 8.- DIONICIO SUAMY BERMÚDEZ LACAYO, 9.- JESSICA SORAYA REYES PUERTO, 10.- CELESTINO VELASQUEZ TORRES, 11.- YOLANY ESTER ALAS MATUTE, 12.- DUANIE BEATRIZ MORAN BUSH, 13.- ALMA CAROLINA BURGOS AYALA, 14.- DINA ESTRELLA BURGOS AYALA, contra el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho Salud, con orden de ingreso 0801-2023- 01047, incoando demanda ordinaria para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de nivelación e incremento de salario.- Se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia la nivelación e incrementos a la base salarial y los porcentajes de incrementos de salario conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivo de salario bienal del 3.5%, décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos a partir del inicio de la relación laboral o desde el 1 de enero del 2013, según corresponda, hasta la fecha que se ejecute la sentencia.- Intereses.- Costas.-Se acompañan documentos.- Poder. LIC. CINTHIA G. CENTENO PAZ SECRETARIA ADJUNTA 03 J. 2024